El pedido fue formulado por el Tribunal Superior de Calificaciones de Servicio en conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
“El nombramiento del comandante de la Policía Nacional es prerrogativa constitucional del presidente de la República, por lo que al ser reemplazado en el cargo por el comisario Críspulo Sotelo, automáticamente, dicho decreto debió consignar el retiro del comisario Francisco Alvarenga, inclusive por haber transcurrido en exceso los años de servicio prestados en el cuadro de oficiales”, explica el documento.
El decreto aclara que independientemente a que estén siendo sumariados y procesados por la Justicia Penal Ordinaria de dicha institución, y aunque el proceso culmine y reciban una sanción, la Dirección de Justicia Policial proseguirá con los trámites pertinentes para la conclusión de los sumarios administrativos.
“Queda claro que el personal en situación de retiro no pierde el estatus policial, por lo que los mismos tienen el deber de acatar y cumplir las obligaciones dispuestas en la ley que regula la relación jurídica de los efectivos policiales”, aclara el decreto.
La Asesoría Jurídica dispuso el retiro tanto para Alvarenga como para Jara, considerando que los mismos no se hallan recluidos con sentencia condenatoria, por lo que se recomienda que una vez culminado el proceso penal ordinario la Dirección de Justicia Policial continúe el sumario administrativo.
En caso de que sean absueltos corresponde que se mantenga su estado (retiro), si son condenados se deberá recomendar la sanción administrativa pertinente y solicitar al Tribunal Superior de Calificaciones el cambio de su estado policial (retiro a baja), en este último caso perderían su estado policial.
Alvarenga fue imputado por enriquecimiento ilícito, involucrado en el millonario desvío de cupos de combustible de la institución.