La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó ayer que el pago del impuesto a la renta personal (IRP), correspondiente al ejercicio 2018, previsto para marzo próximo, no volverá a ser aplazado este año.
El titular de la Administración Tributaria, Fabián Domínguez, explicó que como las reglas para la presentación de las declaraciones juradas están claras, tras la promulgación en octubre pasado de la nueva reglamentación, no ven la necesidad de postergar nuevamente las fechas de liquidación del gravamen.
De acuerdo con el calendario de vencimientos, los pagos se inician con aquellos contribuyentes con terminación del RUC 0, quienes deben presentar sus documentaciones el 7 de marzo. Luego, los que tienen terminación 1, deben hacerlo el 9 de marzo; mientras que aquellos con terminación 2 deben liquidar el 11, y así sucesivamente.
Los pagos del IRP deben hacerse en marzo de cada año, pero los que correspondían a los ejercicios 2016 y 2017 fueron postergados para mayo y octubre del año siguiente, respectivamente. En estas ocasiones, las presentaciones fueron aplazadas por reclamos del sector privado, bajo el argumento de que las modificaciones vía decreto y resoluciones implementadas por el Gobierno de Horacio Cartes colisionaban con lo establecido en la Ley del IRP.
“No vemos la necesidad de suspender nuevamente (los vencimientos). Este Gobierno, mediante el proceso de reconciliación tributaria, emitió una reglamentación nueva acorde con las leyes y en consenso con los contribuyentes, acabando con los problemas que venían de años”, expresó el viceministro Domínguez.
APORTANTES. El IRP debe ser abonado en marzo por aquellas personas que hayan obtenido un ingreso anual superior a los G. 97,9 millones (ver infografía).
Este impuesto tiene una tasa de entre el 8% y el 10%, dependiendo del ingreso. El arancel se aplica solamente sobre las ganancias obtenidas luego de restar los gastos e inversiones documentadas.
Al cierre de diciembre del 2018, la SET tenía registrados a 87.490 aportantes del IRP.