El director de Procesos Electorales del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Carlos María Ljubetic, sostuvo que, por estadística, para cada elección en Paraguay se estima un 60% aproximadamente de participación y se contabiliza que no votan alrededor de 1.500.000 personas como mínimo. Pero para estas municipales, con 5.043.154 electores habilitados, se estima que no van a votar unas dos millones de personas.
El experto recordó que para esta elección se aplicará una multa por no votar, aunque desde su punto de vista hay muchas dificultades para su cobro, partiendo del mismo sistema de notificación a los infractores. No obstante, este jueves la institución ya anunció que decidieron establecer un procedimiento con el apoyo de la Procuraduría.
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La obligación de votar está establecida en la Constitución Nacional y en el periodo pasado se promulgó la ley que establece que el TSJE será la institución encargada de cobrar. Hasta el miércoles, Ljubetic cuestionaba que la norma no previó ninguna penalidad si el ciudadano no paga la multa.
Anteriormente ya estaba establecido el cobro de una multa, pero no había reglamentación, montos ni asignación de quién debía cobrar. El 27 de abril del 2023, luego de que la modificación del Código Electoral le habilitara, el TSJE emitió la Resolución Nº 145, por la cual se aprueba el reglamento para la aplicación de la sanción, y comenzó a regir desde las generales de aquel año, pero no se ejecutó. “La multa está, lo difícil es cobrar”, se quejó Ljubetic.
Para el director, el gran problema era que no existía un sistema de notificación para quienes serán multados. La lista será publicada en la página de la institución. Durante la modificación de la ley, Ljubetic lamentaba que no haya consecuencias para quienes no paguen la multa.
Como ejemplo mencionó que en otros países, los ciudadanos que no pagan la multa están sujetos a una serie de consecuencias, como limitaciones para inscribirse en la universidad, sacar una nueva cédula, nuevo pasaporte, transferir una propiedad o cobrar un cheque, entre otras.
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“Pero en Paraguay sacaron todas las sanciones por no pagar multas. Antes no se podía cobrar porque la ley no establecía el órgano perceptor, quién iba a cobrar. Ahora la ley dice que el TSJE va a cobrar, pero también establecieron que el que no pague, no va a tener ninguna penalidad”, cuestionó.
Para el director, su institución no debería tener la función de cobrar. Pero ante la imposición por ley, propusieron en 2022 una sanción al menos para el que no pague la multa. Del mismo modo, lamentó que no se haya previsto cómo notificar a quienes deben ser multados. “La implementación es complicada porque cómo le notificamos a la gente que debe. Va a ser más caro notificar que multar”, expuso.
Sin embargo, el presidente del TSJE, Jorge Bogarín, sorprendió este jueves con la noticia de que hay un nuevo procedimiento. Los ciudadanos deberán justificar su ausencia ante jueces electorales y si persiste el proceso se recurrirá ante la Procuraduría General de la República (PGR), como encargada de los temas patrimoniales del Estado. “Tenemos que ajustar ese procedimiento y también los aspectos administrativos”, reconoció igualmente.
La multa es de un jornal mínimo, actualmente fijado en G. 117.077. Fue establecida en el artículo 332 del Código Electoral, Ley 834/1996, y faculta al Tribunal Superior de Justicia Electoral para su cobro.