El Tribunal Arbitral resolvió no hacer lugar al requerimiento de rectificación planteado por el consorcio Empo Ltda. sobre el fallo a favor de la rescisión de contrato entre esta empresa, que explota el vertedero municipal, y la Comuna de Asunción.
La resolución fue emitida el pasado 21 de abril. La firma tiene tiempo por 15 días para ver si plantean o no el recurso de nulidad ante el tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, indicó el director de Asesoría Jurídica de la Comuna, Benito Alejandro Torres.
Torres reiteró que el fallo es inapelable. “Ahora vamos a discutir ante el Tribunal en lo Civil y comercial. Lo único que están haciendo es dilatar, pero se necesita que el fallo esté firme para ejecutar lo que establece el laudo (sobre cancelar el contrato)”.
En esta resolución se vuelve a reiterar que tras análisis de las pruebas y de las disposiciones contractuales se ha llegado a la siguiente conclusión: “Como mínimo, el consorcio ha incurrido en grave negligencia desde el momento en que ha presentado un expediente de pago con un documento adulterado de carácter tributario, omitiendo la debida diligencia que debió guardar en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y en un trámite de pago en un contrato de gran envergadura ante la Administración Pública”.
Otros motivos por los que la Municipalidad buscaba la rescisión del contrato con Empo, se encuentra el cambio de denominación de razón social y el ingreso de basura de otros municipios sin consentimiento de la Municipalidad.
DESEMBOLSO. En el reciente documento, también refiere al punto que hizo lugar parcialmente a la demanda reconvencional por falta de ajuste de la tarifa de disposición final de residuos dispuestos en la cláusula del contrato de la concesión, aclarando que el reajuste de la tarifa será aplicado a los años 2018, 2019 y 2020.
Este será aplicado al momento de la liquidación final a ser realizada con la Municipalidad de Asunción
“Y si de la aplicación de dicha fórmula resultare una modificación del ajuste tarifario favorable para el consorcio, dicho saldo generará intereses moratorios y punitorios, a ser fijados de acuerdo con las tasas de intereses establecidas por el Banco Central del Paraguay de acuerdo con cada periodo reajustado, hasta el pago efectivo de estos saldos de capital e intereses por parte de la Municipalidad de Asunción a Empo”.
OTRA CONCESIÓN. Desde la Municipalidad informaron que volverán a realizar otra concesión para la disposición final de residuos, una vez que el fallo esté firme, por lo que solicitaron la cotización de servicio de cinco empresas del rubro.
Cabe destacar que también reconocieron que la operatividad de Cateura debe ser solo hasta diciembre de este año, como medida establecida por el Ministerio del Ambiente.
El caso de imputación
El Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, había resuelto conceder cuatro meses más de tiempo a la fiscala Stella Marys Cano, para investigar el caso de la empresa Empo Ltda., por el cual están procesados el ex intendente Mario Ferreiro; el actual, Óscar Rodríguez, y 11 concejales de Asunción. La fiscala Stella Marys Cano había requerido seis meses más de plazo. Argumentó que aún no tenía varias documentaciones de los pagos realizados por el Municipio capitalino a la firma Empo Ltda., a más de declaraciones de los funcionarios involucrados. Alegaba que había muchos documentos que revisar.