Los camaristas Gustavo Ocampo, Bibiana Benítez y Antonia López, en forma unánime, ratificaron la resolución dictada el 4 de noviembre de 2013, en juicio oral, por los jueces Víctor Alfieri, Daniel Ferro y María Luz Martínez.
Mientras tanto, el acusado “goza del estado de inocencia” y queda sin efecto la pena de cárcel “hasta que la sentencia quede firme”, en la Corte, según señaló Derlis Céspedes, abogado de Nelson Aguilera.
SENTENCIA. Céspedes había apelado la sentencia de Primera Instancia, en la que pidió anular el testimonio de los peritos, además de referir que no se comprobó en juicio que hubo igualdades entre el libro El túnel del tiempo, de María Eugenia Garay, y la obra Karumbita, la patriota, de Nelson Aguilera.
Sostuvo, además, que no se demostró el plagio y que los jueces no argumentaron el fallo correctamente, motivo por el que solicitó anular el juicio y el reenvío, o sea, un nuevo juzgamiento.
Por su parte, la fiscala Carmen Gubetich de Cattoni y el querellante Pedro Saguier pidieron ratificar el fallo, porque se respetó el debido proceso y se ajustaba a derecho.
Los camaristas, tras un análisis de la sentencia, expusieron que hubo correspondencia entre la acusación y la resolución sobre violación del derecho de autor.
Alegan, asimismo, que en el 2005 se editó la obra de Garay, mientras que la del acusado, en el 2010.
Según los camaristas, los jueces señalan que “ambas son coincidentes en estructura, concepto y personajes, como asimismo en la forma en que se relatan y conectan los acontecimientos”. Alegan también que la obra del acusado se basó en una obra preexistente, siendo confirmados por las pericias del María del Carmen Pompa y Miguel Ángel Lemir. Con ello, dicen que está correctamente argumentada, y que correspondía ratificar la sentencia.
DEFENSA.El defensor Derlis Céspedes señaló que aún no fue notificado sobre resolución alguna del Tribunal de Apelación. “Apelé la resolución de Primera Instancia y desconozco cualquier nueva resolución judicial y sus fundamentos”, expresó a ÚH.
“Felizmente hay una tercera instancia ante la Corte, donde se podrá recurrir, ya sea por dos mecanismos: una inconstitucionalidad (9 días) o casación (10 días). Esta última permite revertir una sentencia que se declare violatoria del debido proceso o de los derechos del imputado, que en este caso ocurre”, señaló Céspedes.