La firma había sido postergada por diferencias en el acta, con Paraguay reclamando la mención a la Nota Reversal del 9 de enero de 1992. “El Paraguay nunca validó el acta reversal del año 92 y esto es parte un poco del conflicto jurídico que tenemos y que lo resolvimos del lado de Paraguay y la Argentina, en el acta que fue firmada en el año 2017 (...), ya aceptada en el congreso (...), pero Argentina todavía no remitió al Congreso, así que estamos en ese limbo jurídico”, había explicado el presidente Santiago Peña.
“El acuerdo permitirá ordenar la operación y el flujo financiero de la entidad binacional, garantizar previsibilidad en la distribución de la energía generada y avanzar hacia una gestión más eficiente y sostenible de la institución”, destacó la EBY en un comunicado. Se determina la implementación del documento, “revisiones anuales mediante”, podrá extenderse hasta el 2029.
En este sentido, el acuerdo establece como “oportuno y necesario definir una nueva modalidad de pago a reconocer por los sistemas nacionales, que permita a la EBY cubrir sus costos de operación y mantenimiento”, requeridos para financiar el plan de rehabilitación de la central, el citado reinicio de la maquinización de Aña Cuá (con trabajos paralizados desde enero de 2024).
Pago. El punto central del convenio es que la EBY pasará a recibir USD 28 MWh por su energía. En Argentina, el presidente Javier Milei aprobó el acuerdo a través del Decreto 303/2025. La ANDE estaba pagando USD 22,63 MWh, y Argentina oscila en sus pagos entre USD 15 y 17 MWh.
Igualmente, la ANDE se compromete “a tomar 425 MW medios del total de energía producida por la CHY con una flexibilidad de +/- 10%, durante el periodo que va de la vigencia de esta Acta Acuerdo al 31 de diciembre de 2025, para atender sus requerimientos energéticos”.