20 abr. 2024

Tras 25 años, Corte rechaza acción

La Sala Constitucional ampliada al pleno de la Corte, declaró inoficioso el estudio de una acción de inconstitucionalidad promovida hace 25 años, por el Partido Revolucionario Febrerista, para las elecciones de 1998.

La resolución es la primera que se dicta dentro del marco de la depuración de las acciones contra los fallos del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), que deben ser resueltos por el pleno de la Corte.

La acción fue planteada por el ya fallecido abogado Ricardo Lugo, en representación del Partido Revolucionario Febrerista, contra la resolución 22/97 del TSJE por la que se homologó el acuerdo entre los partidos políticos para usar los padrones aplicados para las municipales de 1996, para determinar el número de electores y bancas que correspondían a los diputados nacionales.

El acuerdo había sido firmado por los representantes de la Asociación Nacional Republicana, el Partido Liberal Radical Auténtico y el Partido Encuentro Nacional. Se cuestionaba la competencia del TSJE.

Los ministros César Diesel, Antonio Fretes, César Garay, Eugenio Jiménez, Alberto Martínez, Luis M. Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, a más del camarista Linneo Ynsfrán concluyeron que a la fecha, la acción era inoficiosa, ya que pasaron 25 años, por lo que la resolución no tendría ningún efecto.

Sin embargo, se dispuso que se remitan los antecedentes a la Dirección de Auditoría de Gestión para la auditoría.

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