14 may. 2024

Tras 13 años Dinac recupera un terreno en Minga Guazú

Despliegue. Con una fuerte custodia policial se devolvió el inmueble a las autoridades de la Dinac en Minga Guazú.

Despliegue. Con una fuerte custodia policial se devolvió el inmueble a las autoridades de la Dinac en Minga Guazú.

Luego de 13 años la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) logró recuperar ayer un inmueble de 13 hectáreas invadida por una familia en el año 2007. Se trata de un parque en el terreno donde actualmente está asentado el Aeropuerto Guaraní, de Minga Guazú.

Con fuerte dispositivo policial el señor Germán López Feltes fue intimado para abandonar la propiedad de la Dinac. El hombre inició un juicio de usucapión que no prosperó, perdiendo el juicio en todas las instancias.

El mandamiento judicial fue firmado por Victoriana Cáceres, jueza en lo Civil y Comercial, de la Circunscripción de Alto Paraná. El oficial de justicia, Luis Simón, presentó el mandamiento que ordena el desalojo de la Finca Nº 640. El desalojo se realizó sin inconvenientes. El hombre retiró sus cosas. El inmueble está ubicado en el kilómetro 24 y forma parte del área de reserva de 528 hectáreas del Aeropuerto.

El área de reserva fue dispuesta por Decreto Nº 24561, el 6 de abril de 1981, para la construcción del Aeropuerto Internacional Guaraní, como sus instalaciones especiales y ruta de acceso.

Fue declarada área de utilidad pública el predio cedido para la construcción del aeropuerto, quedando a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) la ejecución de los trabajos de mensura, deslinde y amojonamiento del área de reserva, así como el catastro y evaluación de las propiedades afectadas.

El 3 de mayo de 2002 el Departamento de Bienes del Estado de la Dirección General de Contabilidad Pública, dependiente de la Subsecretaria de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, certificó que el inmueble (terreno) fue transferido por el MOPC a la Dinac en el año 2000, con número de inscripción 4611, con relación a la finca Nº 856 y a la cuenta corriente catastral Nº P(1035-1888). WF

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