Tres torturadores, condenados a 25 años de cárcel por la muerte de Mario Schaerer Prono, promovieron una demanda ante el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, para anular un decreto del Poder Ejecutivo, por el que se los quiere dar de baja a raíz de la pena que cumplen y dejar así de pagarles la jubilación.
Se trata de Nicolás Lucilo Benítez, alias Kururu Pire, Camilo Almada Morel y Juan Aniceto Martínez Amarilla, todos recluidos en la Agrupación Especializada, cumpliendo la máxima pena de prisión por el crimen de Mario Schaerer Prono en 1976.
Los mismos atacan el decreto 2.139 del 27 de mayo pasado, por el que el presidente Fernando Lugo dispuso instruir al comandante de la Policía, Viviano Machado, iniciar los trámites para dar de baja a Almada, Benítez y Martínez, todos policías retirados con condenas firmes y ejecutoriadas.
Por la misma resolución, se dispuso la suspensión del pago de los haberes de retiro “en razón de haber sido condenados por delitos de lesa humanidad, a las resultas del procedimiento pertinente”.
También atacan la resolución de la Dirección de Justicia Policial que les instruyó sumario administrativo. Los accionantes afirman que se excusan de un recurso de reconsideración, al haber firmado el decreto la máxima autoridad del Ejecutivo.
Al argumentar su demanda, dicen que el acto es arbitrario e inconstitucional. Alegan que en el decreto está “la anodina frase por delitos de lesa humanidad”, ya que es “un despropósito y una falacia”, porque no existe ese tipo de delito, señalan.
Añaden que no será el Poder Ejecutivo, por el citado decreto, el que “nos exponga a la desconsideración como autores de supuestos delitos de lesa humanidad que sólo existe en la mente y en el pensamiento de quienes redactaron y refrendaron el decreto impugnado”.
Apuntan que la Justicia los condenó a 25 años, pero que no se puede agravar esa pena quitándoles los haberes que necesitan para subsistir. Piden como medida cautelar, suspender los efectos del decreto, y finalmente, anular o revocar el mismo.
Los tres torturadores fueron condenados a la máxima pena de prisión por la muerte de Schaerer el 21 de mayo de 1992, por el juez Luis María Benítez Riera. El fallo fue confirmado en segunda instancia en marzo de 1996 y por la Corte, el 7 de mayo de 1999.