El abogado Emilio Camacho, asesor del Congreso, abordó sobre el proyecto presentado en el Senado, de reglamentación del artículo 189 de la Constitución Nacional, que busca transformar esta figura, tradicionalmente considerada un título honorífico sin facultades de voto, en una condición de la cual se puede renunciar voluntariamente para postularse a un cargo electivo, excepto la presidencia de la República.
Camacho sostuvo que, en su opinión, “ya no hacía falta un proyecto”, pero que una vez presentado, corresponde destacar que “es constitucional” y que “va a resolver un debate estéril que se está dando hace tiempo”. Enfatizó que la iniciativa “hace descansar la ley en lo fundamental, en la soberanía popular”.
“Si la soberanía popular expresada a través del voto, que es como se expresa en nuestro país para elegir autoridades, vota a estos señores, pues ellos tienen que decidir ahora si tienen la cantidad necesaria del voto”, expresó.
También mencionó que el proyecto establece que los senadores vitalicios no podrán aceptar cargos como el de ministro u otros, aunque remarcó el carácter honorífico de la figura. “El senador vitalicio es un honor que te da el Congreso y te reconoce la Constitución. Vos no podés convertir eso en un castigo, es un reconocimiento”, afirmó.
En esa línea, indicó que la propuesta es clara: “Si vos querés ser candidato a senador, pues basta con que renuncies, dice esta ley. Entonces eso es correcto”.
“Yo no tengo duda de la constitucionalidad del proyecto y, es más, de la necesidad incluso”, remarcó.
Camacho también abordó la posibilidad de una reforma constitucional, señalando que “es una decisión política que puede darse o no darse” y que “puede tardar años”. Por ello, consideró que se trata de “un problema actual que viene a resolverse con este proyecto de ley si se aprueba”.
Asimismo, recordó que situaciones similares ya ocurrieron y fueron convalidadas institucionalmente. “Senadores vitalicios fueron electos y proclamados por el Tribunal Superior de Justicia Electoral y convalidada esa resolución por la Corte Suprema de Justicia”, señaló, agregando que incluso sin esos fallos, el criterio se sostiene.
“Yo pido a los detractores de este proyecto o de la idea de que el senador vitalicio no puede ser senador activo, ¿cuál es el artículo que prohíbe? Y te adelanto, no van a encontrar, no hay ningún artículo que prohíbe esto. Ni en la Constitución ni en la ley”, enfatizó.
El jurista explicó además que la Constitución “en ningún momento prohíbe o impide” esta posibilidad y que consagra “derechos públicos subjetivos”, es decir, derechos del individuo frente al Estado.
A la vez, recordó que estas situaciones siempre tienen un componente político, ya que “el Congreso es el juez de sus miembros”. Citó los casos de Nicanor Duarte Frutos, Horacio Cartes y Alejandro Velázquez Ugarte, quienes no asumieron por decisiones políticas del Legislativo.
Sostuvo que el proyecto “intenta superar ese debate, esa confrontación estéril y desgastante”, reglamentando que un senador vitalicio pueda candidatarse y asumir como senador activo si es electo.
También cuestionó un punto específico del texto: “Inclusive dice una parte del proyecto que tiene que pedir permiso, y en mi opinión no hace falta. El senador vitalicio puede renunciar perfectamente, es un derecho público reconocido del ex presidente electo democráticamente que terminó su mandato”, precisó Camacho.
Por último, aseveró que el Congreso tiene atribuciones constitucionales para interpretar la Carta Magna.
“El Congreso tiene como deber velar por la observancia de la Constitución y dictar leyes interpretando la Constitución. En otras palabras, el Senado, cuando estudie este proyecto, va a estar interpretando la Constitución”, concluyó.
- Ya no hacía falta un proyecto, pero ya que se presenta, resalto que es constitucional. Va a resolver un debate estéril.
- Yo no tengo duda de la constitucionalidad del proyecto y, es más, de la necesidad incluso. Emilio Camacho, asesor del Congreso.