Según explicó el abogado laboralista, Eduardo Pérez Avid, esta prohibición puede ser válida, siempre y cuando, esté fundamentada en razones de seguridad y eficiencia laboral, amparándose en los artículos 64 y 65 del Código Laboral.
El artículo 64 establece el derecho de los empleadores a organizar y dirigir sus centros de trabajo con el objetivo de alcanzar una mayor eficiencia en la producción de bienes y servicios, en un entorno que garantice la seguridad ocupacional y prevenga accidentes laborales.
A su vez, el artículo 65 señala las obligaciones de los trabajadores, entre ellas, realizar sus tareas con la mayor eficiencia e intensidad posible, acatar las disposiciones del empleador en asuntos laborales y cumplir con las políticas de prevención de riesgos, evitando conductas negligentes o imprudentes que puedan poner en peligro su vida o la de otros.
“Con base en estos dos artículos se puede concluir que el empleador está facultado a restringir el uso de celulares en determinados espacios o momentos de la jornada, especialmente en industrias o sectores donde el uso del dispositivo pueda generar riesgos o distracciones peligrosas”, indicó Pérez Avid.
Sin embargo, aclaró que esta restricción no debe aplicarse de forma arbitraria ni indiscriminada. Existen casos en los que el uso del celular es una herramienta fundamental para el cumplimiento de funciones laborales, como ocurre con vendedores comisionistas o personal de cobranzas, cuya labor se basa justamente en las comunicaciones móviles.
Asimismo, el abogado resaltó que si se aplica una prohibición general, el empleador tiene la obligación de garantizar ciertas condiciones: “Por un lado, debe proteger la seguridad de los bienes del trabajador, en este caso su celular, disponiendo de casilleros o espacios adecuados para su resguardo. Por otro lado, debe habilitar líneas telefónicas que permitan a los familiares comunicarse con el trabajador en caso de una urgencia”, explicó el especialista.
En definitiva, el uso del celular en el trabajo puede ser limitado legalmente, pero siempre bajo un enfoque equilibrado que tenga en cuenta tanto la seguridad del entorno laboral como la necesidad de comunicación del trabajador ante situaciones excepcionales.