El procesado había sido beneficiado con las medidas alternativas por la jueza Lici Teresita Sánchez, el pasado 2 de febrero.
Entre las condiciones estaba la obligación de abonar la suma de 3 millones de guaraníes en forma semanal a la víctima.
Justamente esto es lo apelado por el defensor público Ronald González en representación del procesado Hugo Pucheta.
Señaló que no corresponde a la finalidad de las medidas cautelares, sino a una salida alternativa a los procesos, como un acuerdo de partes.
Ya en el Tribunal de Apelación, los camaristas Gustavo Santander, Pedro Mayor y Gustavo Ocampos revocaron parcialmente la medida cautelar que le aplicaron.
Los magistrados de alzada, al argumentar su fallo, refirieron que las medidas cautelares están hechas para la sujeción del imputado al proceso penal.
Con ello, señalaron que “la “obligación impuesta a su defendido... ya adquiriría una naturaleza sancionadora, puesto que el tipo de obligación es propio de un acuerdo que podría surgir como salida alternativa”.
De esta manera, los magistrados confirman la aplicación de medidas alternativas, pero revocan la obligación del pago semanal a la víctima del caso.
Según había argumentado la jueza, fue una proposición del mismo imputado para la víctima, pero luego apeló.