10 ago. 2025

Reglamentan registro de comprobantes

Con el objetivo de simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones impositivas, a través de la Resolución 90/21, la SET implementó el registro electrónico de los comprobantes de ventas y compras, y de los ingresos y egresos.

De acuerdo con esta normativa, el registro de los comprobantes deberá ser realizado a través del sistema Marangatu. Este régimen será implementado en una primera etapa, durante este 2021, para unos 13.000 sujetos señalados en la página web de la SET, los cuales han sido designados de acuerdo con el nivel de ingresos y otros criterios técnicos evaluados por la Administración Tributaria.

La entidad comunicó que, a partir del 1 de enero de 2022, el registro de los comprobantes de ventas y compras, y/o de ingresos y egresos, según lo establecido por la Resolución 90/21, será obligatorio para los aportantes del IVA y para aquellos del IRP que tributen por servicios profesionales.

¿Cómo? La disposición de la SET indica que el registro de los comprobantes deberá realizarse utilizando la clave de acceso confidencial de usuario, mediante la carga manual (comprobante por comprobante) o a través de la importación de archivos (planillas electrónicas) de manera a facilitar la carga.

En casos en los que se cuenten con comprobantes virtuales o electrónicos no será necesario efectuar la carga, ya que podrá obtenerlos directamente desde el sistema Marangatu.

Finalmente, la entidad subrayó que, de manera a otorgar un plazo de adaptación, como así también para la correcta implementación del registro, hasta el 31 de enero de 2022 no será aplicable la sanción por incumplimiento de deberes formales.


13.000
contribuyentes fueron los seleccionados para la primera etapa del registro electrónico de comprobantes.