Los principales componentes de la estructura de costos del servicio, como los buses, sus repuestos y el combustible son de origen importado y, por lo tanto, dependen del comportamiento de la cotización del dólar, altamente volátil y en estos tiempos con tendencia alcista. Además, el precio del combustible, insumo fundamental de uso diario, depende de los vaivenes del precio internacional del petróleo, lo cual agrega aún más volatilidad al costo del servicio de transporte público de pasajeros.
Esta es una realidad que enfrenta la prestación del servicio en nuestro país y que debe ser administrada adecuadamente de tal manera de minimizar en todo momento sus efectos en los usuarios, manteniendo los incentivos adecuados para la inversión por parte de las empresas prestadoras de este servicio público fundamental.
En este sentido, recientemente el Gobierno decidió liberalizar la importación y la fijación del precio del gasoil común en régimen de libre competencia después de décadas de intervención del Estado. Esto cambia las reglas del juego y requiere una política consistente de reajuste de la tarifa del pasaje, considerando que el precio del gasoil común tendrá una determinación más dinámica.
Los usuarios del transporte público son el eslabón más débil de la cadena. Personas trabajadoras, con ingresos cercanos al salario mínimo y para quienes el pasaje es parte importante de su presupuesto mensual. Por esta razón, es necesario diseñar un mecanismo de reajuste de la tarifa del pasaje que combine dos elementos: proteger al usuario a corto plazo y proteger la sostenibilidad del servicio a largo plazo.
En este sentido, lo óptimo sería una revisión y reajuste anual de la tarifa del pasaje a los usuarios en el mes de julio de cada año, conjuntamente con el reajuste del salario mínimo. Este reajuste debería ser realizado en función a la revisión de toda la estructura de costos del servicio, como el precio del gasoil, el salario mínimo, los costos de mantenimiento y repuestos, el margen del operador, etc.
Por otro lado, el Viceministerio de Transporte debería hacer un monitoreo mensual de la estructura de costos de la prestación del servicio. Si en algún momento, el costo del servicio resulta superior en un 5% a la tarifa del pasaje vigente, el Estado deberá subsidiar a las empresas prestadoras esa diferencia hasta el próximo reajuste de la tarifa, en el mes de julio siguiente. En contrapartida, si el costo del servicio fuera inferior en un 5% de la tarifa vigente, la tarifa del pasaje sería reducida inmediatamente en beneficio de los usuarios.
Este mecanismo de reajuste protege al usuario de continuos incrementos en la tarifa del pasaje a través de un subsidio transitorio del Estado hasta la siguiente revisión anual en julio de cada año, en consonancia con el reajuste del salario mínimo. Así también, el usuario es beneficiado inmediatamente en caso de una reducción del costo del servicio. Al mismo tiempo, es una regla clara para las empresas prestadoras y protege la sostenibilidad en el tiempo de la prestación del servicio, minimizando su impacto en las finanzas públicas.
Finalmente, es necesario que el MOPC transparente la estructura y los parámetros que utiliza para la determinación del costo de la prestación del servicio, así como la metodología y el monto del subsidio pagado a las empresas prestadoras del servicio a través de su publicación y actualización permanente en la página web del Viceministerio. En este sentido, la implementación del billetaje electrónico es fundamental y otorgará mayor transparencia y precisión a la cantidad de pasajeros transportados.