Esto, a los efectos de conocer si cumplió o no con la pena mínima, como lo afirmó la defensa en las audiencias de imposición de medidas cautelares en los casos de Banco Alemán y de Fondos Mutuos.
La magistrada uruguaya, a su vez, había remitido un exhorto al juez Raúl Florentín donde solicitaba que se cumpliera la sentencia de extradición con respeto, a juzgar a Peirano solo por los delitos admitidos en la extradición, por lesión de confianza, conducta indebida en situaciones de crisis y estafa. Además, que cuidaran su estado de salud e integridad física.
A la jueza Clara Ruiz Díaz solicitó el cumplimiento de la sentencia, específicamente de la Corte del Uruguay, que dio la extradición solo por lesión de confianza y no por otros delitos.
El juez Florentín señaló que iba a remitir la respuesta a la jueza uruguaya donde le explicará que no calificó los hechos punibles en su resolución, a más de que se hizo un examen médico al llegar extraditado Peirano.
En ambas causas, la prisión preventiva se halla apelada por la defensa, por lo que debe ser el Tribunal de Apelación Penal el que estudie si confirma o no la prisión preventiva.
La defensa había solicitado el arresto domiciliario del procesado uruguayo.