24 feb. 2026

¿Qué funciones y obligaciones tiene un guardia privado?

La Ley 5424, promulgada en junio del 2015, regula la prestación de servicios de guardia y seguridad privada. La normativa establece las funciones de las empresas, los guardias y sus obligaciones. El sector está en el ojo de la tormenta, tras el asesinato de un joven dentro de un auto asegurado.

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Los guardias privados tienen límites en el uso de armas. | Foto: Cadena SER.

Las empresas de seguridad privada pueden:

1) Vigilar y proteger bienes materiales.

2) Proteger a personas determinadas.

3) Depósito, custodia, recuento, clasificación de monedas y billetes.

4) Transporte y distribución de objetos de valor.

5) Comercialización, instalación y mantenimiento de equipos de seguridad.

6) Monitoreo de señales protectoras de alarmas y fallas técnicas.

7) Explotación de señales de comunicación y su comunicación a la Policía Nacional.

8) Planificación y asesoramiento.

9) Sistema de rastreo para monitoreo de personas, vehículos y bienes.

10) Seguridad Lógica.

Este mismo punto de la Ley establece que estas empresas de seguridad privada están obligadas a garantizar la actualización y capacitación permanente de su personal de seguridad.

¿Cuáles son los requisitos para ser guardia de seguridad?

1) Ser de nacionalidad paraguaya o con residencia permanente.

2) Poseer mayoría de edad. Portación de armas se regirá por la ley de armas.

3) No ser miembro de las fuerzas públicas ni funcionario.

4) Haber aprobado como mínimo el tercer ciclo.

5) No registrar antecedentes penales ni policiales.

6) Ser apto de salud física y psicológica.

7) Presentar certificado de formación.

¿Qué función tiene un guardia privado?

1) Vigilancia y protección de bienes, así como a las personas protegidas

2) Evitar la comisión de hechos punibles con relación al objeto de su función.

3) Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos dentro del local asignado.

¿Dónde pueden portar armas?

El artículo 22 de la Ley 5424 establece que los guardias que porten armas solo podrán hacerlo dentro de los edificios o predios en los cuales están destinadas sus funciones.

En tanto el artículo 23 señala que en ningún caso el guardia puede portar armas fuera del horario de servicio, tanto en la vía pública como en el transporte público.

Actuación criminal

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Resultó víctima fatal Mauricio Alejandro Benítez Torres (22), quien tenía antecedente por hecho de reducción (año 2017). El mismo recibió un impacto de bala con orificio de salida a la altura de la nuca.

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