La defensa del imputado había solicitado el estudio de la medida de prisión preventiva de su defendido, alegando que se encuentra en prisión hace más de dos años y ocho meses, considerando que la medida se ha convertido “en una suerte de pena anticipada, siendo que el Art. 236 del CPP refiere que la prisión preventiva no puede durar más de dos años”.
Por su parte, Cucho Cabañas semanas atrás pudo abandonar la prisión luego de cinco años de encierro.