28 ago 2026

¿Por qué la Fiscalía no imputa a los miembros del Consejo de IPS?

Queja. Dejar fuera del proceso a consejeros abre un conflicto sobre el vacío legal de la corresponsabilidad.
Proyecto. Se acelera en el Congreso el debate para reformar la gobernanza de la previsional.

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Protesta. Jubilados y asegurados exigen la ampliación de la imputación contra ex consejeros del IPS.

Foto: Renato Delgado UH

La exclusión de los consejeros del Instituto de Previsión Social (IPS) de las primeras imputaciones fiscales en el caso quirófanos fantasmas desata una ola de indignación entre jubilados y aportantes, quienes exigen formalmente a la Fiscalía que investigue la complicidad de todo el Directorio en el millonario caso de fraude a la previsional.

El debate sobre la responsabilidad legal del Consejo de Administración del IPS se intensificó tras la decisión de la Fiscalía de no imputar a sus miembros por el fallido proyecto de infraestructura médica en el Hospital Central.

Esta decisión ha desatado una fuerte controversia jurídica y social que pone bajo la lupa el verdadero alcance de la Ley Orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS) y el principio de corresponsabilidad en la gestión de los fondos públicos de la salud.

La polémica se centra en torno a las atribuciones del Consejo de Administración. Mientras la Fiscalía argumenta que las responsabilidades ejecutoras recaían en las direcciones técnicas y las firmas de los ex titulares de la institución, los asegurados y jubilados sostienen que ninguna obra de esta envergadura puede avanzar sin el visto bueno y la firma del Consejo.

Para los gremialistas denunciantes, exculpar a los consejeros sienta un precedente peligroso que diluye la obligación de vigilar y proteger el patrimonio de los asegurados.

Disputa. Según el principio de corresponsabilidad en disputa, el Consejo funciona de manera colegiada. Sus resoluciones se toman mediante actas oficiales avaladas por las firmas de los consejeros asistentes. El conflicto judicial vigente en el país radica en que, mientras un sector penal interpreta que las irregularidades de ejecución recaen en los directores técnicos y la firma del presidente, los representantes gremiales argumentan que bajo el marco legal del artículo 13, los consejeros actúan como coadministradores solidarios, ya que ningún proyecto de infraestructura médica puede licitarse, adjudicarse o pagarse sin la resolución aprobatoria de este órgano supremo.

Debido a estas recurrentes lagunas interpretativas sobre el alcance del Consejo, actualmente el Poder Ejecutivo y el Congreso debaten proyectos de reforma integral de la gobernanza del IPS, los cuales buscan limitar las facultades ejecutivas de los consejeros para enfocarlos estrictamente en tareas de fiscalización y control sectorial.

El proyecto de reforma de la gobernanza del IPS busca tres objetivos fundamentales para reestructurar la institución y proteger los fondos de los asegurados. En primer lugar, busca blindar el dinero de los asegurados contra la corrupción. En segundo lugar, terminar con el vacío legal de la “corresponsabilidad”, declarando la máxima responsabilidad en el presidente y por último, acabar con las jubilaciones de privilegio y los sueldos millonarios.

Atribuciones y corresponsabilidad

El debate jurídico sobre la “corresponsabilidad” surge directamente del artículo 13 del Decreto Nº 1.860/50 (y sus modificaciones), el cual establece de forma explícita que el Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS) ejerce la dirección técnica, financiera y administrativa de la entidad. Entre sus funciones indelegables destacan la aprobación presupuestaria: Autorizar los presupuestos de gastos, planes de inversión y contratos de gran envergadura económica. Además, de la disposición de bienes: Enajenar, adquirir o comprometer bienes muebles o inmuebles pertenecientes al patrimonio de los asegurados y la vigilancia institucional: Dictar los reglamentos generales de funcionamiento y asegurar el correcto destino de los fondos del seguro social.

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