03 jul. 2026

Por muerte de niño, la ANDE debe pagar casi G. 2.000 millones

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Sentencia. La ANDE debe pagar la muerte de un niño.

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Por la muerte por electrocución de un niño de 6 años, la jueza Civil, Liz Carina Caballero, condenó a la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) a pagar casi G. 905 millones a los padres, más intereses, que a la fecha llegan a G. 1.063.650.000, con lo que la suma total es de G. 1.968.650.000.

La demanda por indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual fue entablada por Agustín Ortega Ortigoza y Clementina García de Ortega por la muerte de su hijo Diego Armando Ortega García.

Según dijeron, el 3 de setiembre de 2020, cerca de las 17:30, en el camino vecinal de la compañía Pindo’i, Segunda Línea, del distrito de Tembiaporã, en Caaguazú, tuvo contacto con un cabo de acero desnudo que bajaba de la columna del tendido eléctrico de la ANDE.

A raíz de ello, recibió una descarga eléctrica que le causó la muerte. El accidente consta en la intervención policial y en la investigación abierta por la fiscala Norma Salinas.

Los padres, en su demanda a través de los abogados Juan Cardozo y Fausto Escauriza, solicitaron la suma de G. 1.205.000.000 como daño moral y pérdida de chance. De ellos, G. 600.000.000 para cada padre y G. 5.000.000 por gastos del sepelio.

La ANDE contestó la demanda y negó que por el solo hecho de ser propietario de los cables sea responsable de la muerte del niño. Incluso, impugnaron los documentos presentados en la demanda y señaló que eran conexiones clandestinas.

Tras todas las pruebas diligenciadas, la jueza Liz Carina Caballero estudió el caso. Entendió que se probó la muerte del niño a raíz de haber recibido la descarga eléctrica del cable desnudo que tenía de la columna de la ANDE.

Añade que de la ley se desprende que la ANDE es responsable de los daños y perjuicios causados por sus instalaciones, cuando exista negligencia del personal de la empresa y por la malicia del personal.

Afirma la magistrada que “para que el riesgo creado por la cosa sea pasible de desviar la responsabilidad debe demostrarse la culpa de la víctima o de un tercero”.

Sin embargo, se constató que el personal de la ANDE estaba en total conocimiento de la conexión clandestina, por lo que con ello es responsable civilmente por los daños que causó.

Finalmente, estimó que se debía otorgar la suma de G. 450 millones para cada padre y G. 5 millones por los gastos del sepelio. Además, el interés de 2,5% mensual desde setiembre del 2020. A la fecha, el interés alcanza la suma de G. 1.063.650.000, con lo que debe pagar G. 1.968.650.000. El fallo puede ser apelado.

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