06 abr. 2026

Poder Ejecutivo reajustó en 3,6% el impuesto inmobiliario para el 2025

Se dio a conocer ayer el decreto que establece los nuevos valores fiscales de los inmuebles, que servirán como base imponible para determinar el impuesto inmobiliario para el 2025.

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Impuesto. Vía decreto se actualizaron los valores fiscales para inmuebles rurales y urbanos.

GENTILEZA

El Poder Ejecutivo emitió ayer el Decreto N° 2105 por el cual se aprueba el sistema de valoración fiscal de los inmuebles, establecido por la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que servirá como base imponible para la determinación del impuesto inmobiliario para el ejercicio fiscal 2025.
De esta manera, se reajustan los valores fiscales para el próximo año por la tasa del Índice de Precios al Consumidor (IPC), emitido por el Banco Central del Paraguay, que en el periodo de los doce meses anteriores al 1 de noviembre de 2024 alcanza el 3,6%.

La tasa del impuesto inmobiliario es del 1% del valor fiscal del inmueble, sea urbano o rural.

El decreto establece que, a los efectos de la valoración fiscal, la Dirección del Servicio Nacional de Catastro utilizará la nomenclatura catastral cuenta corriente para los inmuebles ubicados en zonas urbanas, y utilizará la nomenclatura catastral padrón para los inmuebles ubicados en zonas rurales, estableciendo las excepciones posibles en el presente decreto.

De la misma manera, se aprueban los valores fiscales expresados en guaraníes por metro cuadrado de los inmuebles urbanos ubicados en la capital y en los demás municipios del país, determinados por Catastro. La valoración fiscal de cada distrito, conforme con el artículo 10 de la Ley N° 5513/2015, es determinada conforme con su ubicación y zonificación geoeconómica definida por los municipios.

También se dispone que, a los efectos de las avaluaciones fiscales de los inmuebles (con nomenclatura cuenta corriente) comprendidos dentro de la zona urbana, la superficie de la tierra como la superficie edificada serán computadas en metros cuadrados, considerando el número entero y los decimales que resultasen. Se avaluarán sobre la base mínima (1 m²) aquellos inmuebles cuya superficie sea inferior al metro cuadrado.

La avaluación fiscal de la tierra para los inmuebles urbanos, será el producto de la superficie (área) por el valor fiscal del tipo de pavimento y zonificación geoeconómica (G/m²), establecido en el Anexo I del presente decreto conforme con los registros de la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro. Si tuviera más de un frente y las calles tienen diferentes tipos de pavimento se tomará como valor fiscal el de mayor valor.

Valores fiscales. Con el nuevo decreto, el valor fiscal de un inmueble en capital en zona geoeconómica con pavimentación tiene un valor entre G. 128.898 y G. 542.883 por metro cuadrado. En zona con empedrado el valor se encuentra entre G. 98.567 y G. 324.518 por metro cuadrado. Entretanto el valor fiscal de las construcciones y mejoras para inmuebles urbanos en Asunción el valor varía en construcciones nuevas entre G. 227.466 y G. 1.596.808 por metro cuadrado. En el caso de construcciones antiguas el valor fiscal varía entre G. 113.732 y G. 803.713 por metro cuadrado.

Los valores fiscales para inmuebles urbanos de los demás municipios en zona geoeconómica con asfalto rondan entre G. 50.042 y G. 68.239 por metro cuadrado, con empedrado el valor fiscal varía entre G. 30.239 y G. 37.911 por metro cuadrado y los no pavimentados se encuentran entre G. 18.198 y G. 22.746 por metro cuadrado.

Los valores fiscales para inmuebles rurales en la Región Oriental fueron establecidos entre G. 1.542.887 y G. 3.394.352 por hectárea, mientras que en la Región Occidental el valor fiscal de las tierras agrícolas varía entre G. 161.635 y G. 955.121 por hectárea.

<b>Peña tiene pendiente la promulgación del PGN 2025</b> <br/>A pocos días de que culmine el año 2024 y atendiendo al asueto y feriado próximo, se espera que el Poder Ejecutivo promulgue la ley del Presupuesto General de la Nación en los próximos días. El Presupuesto para el 2025 asciende alrededor de G. 133,1 billones (USD 17.569 millones) y contempla varios aumentos propuestos por el Congreso Nacional por valor USD 35 millones sobre la propuesta del MEF, entre ellos el aumento salarial para los diputados y senadores de G. 5.125.000, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas.

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