08 ene. 2026

Piden cumplimiento de clausura de un hogar en Quyquyho

Tras la publicación de una nota sobre el hogar refugio “El Puente”, representantes del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) contactaron con ÚLTIMA HORA para reiterar que existe un pedido de clausura del citado hogar ubicado en la ciudad de Quyquyho. La no autorización para que el hogar siga funcionando provino de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA), debido a presuntos abusos.

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Foto: Rocio Recalde, Hogar El Puente.

Según un informe del MNP, la SNNA retiró la autorización de funcionamiento de este hogar refugio ya que se constataron diversas irregularidades como maltratos, supuesta explotación de menores, abusos y otros tipos de vulneraciones a los derechos contra las niñas que viven en este refugio.

La historia descrita por Osvaldo Recalde y Maria Luisa de Recalde, propietarios y representantes del hogar “El Puente”, donde recogen a niñas víctimas de algún tipo de abuso para educarlas y darles cobijo, no tendría relación con la realidad que recogió la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA) en una serie de denuncias sobre maltrato físico y psicológico hacia las albergadas, además de un supuesto trabajo infantil.

Una de las denuncias graves habla de que una de las niñas tenía lesiones en el cuerpo, específicamente en la oreja, que se habría desprendido por el estirón

Luego de constatar el hecho, la SNNA realizó una denuncia ante la Defensoría de Paraguarí en base a las denuncias recolectadas por la institución. Sin embargo, la Defensoría no intervino ante esta denuncia. La jueza que llevaba la causa se desentendió del caso, aseguraron desde la SNNA.

Pedido de clausura

A raíz de las denuncias constatadas, la SNNA resolvió la “no autorización de funcionamiento” y la comunicación al intendente Esteban Samaniego, para que proceda a la clausura administrativa de “El Puente”, dentro de sus atribuciones, ya que las menores realizan en forma periódica “visitas” al predio de la Municipalidad de Quyquyhó para encargarse de la limpieza con maquinarias destinadas a cortar el césped y el barrido del local, detalla el informe de intervención del Mecanismo Nacional de Prevención.

De la misma forma, según pobladores, las niñas fueron vistas trabajando en un lugar de comidas, en horario nocturno, que se encuentra bajo la administración de los responsables del lugar. El pedido de clausura llegó hasta el intendente local pero aparentemente hizo caso omiso al pedido.

Para explicar sobre los hogares-refugio, ÚLTIMA HORA contactó con Diana Vargas, una de las integrantes del MNP. “Lo que hacen es captar, van a las ciudades y ofrecen “asistencia” porque necesitan mantener un número alto de albergados y eso va en contra el Código de la Niñez (artículo 191), donde la última medida es la separación de la familia y menos sin intervención judicial”, explicó Vargas.

Este lugar debería estar clausurado pero al parecer por manejos políticos el hogar sigue funcionando. Se habría dado una “oportunidad” a los dueños del hogar bajo la obligación de informar sobre un plan de mejoramiento, el cual aún no fue presentado por los encargados de “El Puente”. Lo llamativo del caso, detalló Vargas, es la inacción de varias autoridades ante las serias denuncias en el caso.

Sin orden de un juez

Según declaraciones del personal que visitó el predio para la investigación in situ, dependientes del MNP, las niñas son aceptadas en el hogar sin que el albergue informe la modalidad del ingreso, es decir, las niñas son adheridas sin orden de alguna de juez en la mayoría de los casos, alegando situaciones de pobreza o de vulneración de derechos en el entorno familiar, según lo que había informado el propio Osvaldo Recalde.

A su vez, el modelo implementado por el hogar El Puente incumple con el periodo en el que las niñas pueden estar fuera del hogar. Para el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura la solución no puede ser en ninguna circunstancia privarle de su libertad, teniendo en cuenta lo tipificado en el Artículo 191 del Código de la Niñez y la Adolescencia: “En caso de maltrato del niño o adolescente, recibida la denuncia por el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia, éste deberá adoptar inmediatamente las medidas cautelares de protección al niño o adolescente previstas en este Código, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan. La medida de abrigo será la última alternativa”.

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