Miércoles/10/OCTUBRE/2007
Según estos datos, el 91% de todas las ejecuciones de las que se tuvo noticia en 2006 tuvieron lugar en China (al menos 1.010; otras fuentes elevan la cifra a 8.000), Estados Unidos (53), Irán (al menos 177 y entre ellos cuatro menores), Pakistán (82), Irak (al menos 65) y Sudán (al menos 65).
Las organizaciones defensoras de los derechos humanos sospechan que las estadísticas de las ejecuciones son poco fiables porque muchos países las mantienen en secreto con el único objetivo de evitar la condena internacional.
En Europa, los 46 países miembros del Consejo de Europa son abolicionistas en su totalidad, excepto Letonia, que lo ha hecho para delitos comunes, y Rusia, que la mantiene pero que no la ha aplicado desde 1999.
A iniciativa de la Asamblea Parlamentaria, el protocolo seis de la Convención Europea de Derechos Humanos abolió la pena de muerte en tiempos de paz en 1985.
Aunque el Consejo de Europa decidió el pasado 26 de septiembre proclamar el 10 de octubre como el “Día Europeo contra la pena de muerte”, a los países de la Unión Europea (UE) les ha sido imposible alcanzar un acuerdo para conmemorar conjuntamente esta fecha.
Un país de la UE -Polonia- ha vetado la celebración porque, a su juicio, debe haber un debate más amplio sobre el derecho a la vida, incluido el aborto.
En América, destaca el caso de Estados Unidos, única democracia occidental que reconoce la pena capital en la mayoría de sus estados.
En el resto del continente, aunque está presente en los códigos penales de algunos países de América, sólo Cuba la ha aplicado en los últimos años.
En Africa, donde las ejecuciones quedan camufladas entre los constantes conflictos armados e interétnicos, las cifras son incompletas porque tanto gobiernos como guerrillas son responsables de ejecuciones extrajudiciales.
En Asia se dan las situaciones más graves respecto a la pena de muerte.
En China, país en el que se aplica en mayor medida, se aplica por delitos menores y en Irán se llevan a cabo ejecuciones, algunas por delitos sexuales, en aplicación de la sharía o ley islámica.
Más de la mitad de países que todavía imponen la pena de muerte tienen estatutos que prohiben su aplicación sobre menores de dieciocho años y solamente se tienen noticias recientes de ejecuciones en EEUU, Pakistán, Bangladesh, Barbados, Irán y Ruanda.
En la Declaración Universal de Derechos Humanos se estipula el derecho a la vida y el derecho a no ser sometido a trato inhumano o degradante.
Una de las novedades registradas en los últimos años ha sido la adopción de tratados internacionales mediante los cuales los Estados se han comprometido a no recurrir la pena capital. Actualmente son cuatro los acuerdos vigentes en este sentido:
- El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, relativo a la abolición de la pena de muerte, que ya han ratificado 43 estados y firmado otros seis.
- El Sexto Protocolo del Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, referente a la abolición de la pena de muerte en tiempos de paz, que ya han ratificado 39 estados y han firmado otros tres.
- El Protocolo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para abolir la pena de muerte, que ha sido ratificado por ocho estados americanos.
- El Protocolo número 13 al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, ratificado por 36 estados europeos y firmado por otros 7. EFE