22 jun. 2025

Padrillo condenado por audio en la querella de diputada

Sonriente. La diputada Celeste Amarilla tras el fallo. Atrás, el Padrillo Hirán Delgado.

Sonriente. La diputada Celeste Amarilla tras el fallo. Atrás, el Padrillo Hirán Delgado.

Hirán Delgado Puentes, el Padrillo Republicano, fue condenado ayer a 2 años y medio de prisión, más la composición de G. 100 millones por un audio donde se probó que ofendió la memoria del fallecido político liberal Franklin Boccia.

El fallo fue dictado tras el juicio oral por el juez de Sentencia, Juan Carlos Zárate, en la querella promovida por la diputada Celeste Amarilla viuda de Boccia.

Además de la pena carcelaria y la composición, el magistrado dispuso la publicación en un medio de prensa de la sentencia condenatoria dictada en el juicio oral.

El Padrillo Republicano es un hurrero, hijo del abogado stronista Hirán Delgado Von Leppel, conocido por sus audios en los que realiza discursos populistas con un lenguaje ordinario, supuestamente previo pago de G. 20, 30 y 50 mil.

Vinculado políticamente al cartismo, fue funcionario de Yacyretá donde era protegido del polémico abogado de Luis Canillas.

Además, el Padrillo era figura en los actos proselitistas del cartismo donde lanzaba sus discursos en los que denigraba a mujeres y opositores.

Es la primera vez que un caso por delitos contra el honor y reputación en los que se dicta una sentencia donde, de quedar firme, deberá cumplir una pena carcelaria efectiva.

Según el juez, se probó que con el audio enviado que fue viral en las redes sociales el 27 de marzo de 2018, se ofendió la memoria del fallecido político liberal Franklin Boccia, ex director de Itaipú.

En el audio se le acusó de robo, que es un hecho punible y lo hizo a sabiendas, con lo que se cometió calumnia, dijo el juez con el que hubo denigración de la memoria del extinto.

Además, refirió que en ese delito, lo que se protegía era el honor de los herederos, en este caso a la esposa Celeste Amarilla, se cometió calumnia en contra de la viuda, quien en ese momento se postulaba al cargo de diputada.

Igualmente, cuando usó el término badulaque, refirió que tiene una fuerte carga semántica, que significa recio, tonto, bobo, por lo que es un juicio de valor negativo contra una persona, que fue hecho ante terceros, con lo que se cometió injuria.

Con ello, el magistrado entendió que había varios delitos y que tras hacer el análisis para la imposición de la pena, casi todos los puntos estaban en contra del acusado por lo que entendió que la pena justa era de 2 años y 6 meses de prisión.