25 abr. 2026

Oposición critica jugada en ley de conflicto de intereses

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Esperanza. La legisladora dice que hay dos versiones que serán debatidas en su momento.

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Ante la prórroga que la Contraloría General de la República otorgó a senadores y diputados para la presentación de la declaración jurada de intereses para ganar tiempo y resolver la modificación de la Ley 7089, ”De conflicto de intereses”, la senadora Esperanza Martínez fue consultada.

La legisladora indicó que no tenía conocimiento de la prórroga de la CGR.

“No dudo de que haya un fuerte debate sobre este tema y hay dos grupos”, dijo.

Citó que hay un sector que buscará aprobar las modificaciones del Senado y los que quieren la sanción de Diputados.

“Probablemente esta prórroga sea también parte de una campaña”, señaló la senadora.

Este viernes vencía la prórroga que otorgó la Contraloría al Congreso para presentar la declaración jurada de intereses que se realiza a fin de prevenir cualquier supuesto en el cual se presenta un conflicto o tensión entre el deber de un funcionario y sus intereses privados, personales, económicos, financieros, profesionales, laborales o particulares de cualquier otra índole.

La intención sería modificar la ley, de modo que la declaración jurada sea menos exigente.

La legisladora mencionó que finalmente la ley de conflicto de intereses dependerá de la postura del Gobierno Nacional.

“Es tremendo el retroceso que nos impone este gobierno con su mayoría abusiva”, lamentó.

La semana pasada, Diputados se ratificó en su versión y vuelve la pelota a la Cámara Alta.

Con las modificaciones realizadas en el Senado, la ley quedará mutilada y lejos de su intención inicial, ya que incluso se eliminaron la sanción e inhabilitación en caso de incumplimiento para los ex funcionarios que incumplan la reglamentación.

Los senadores eliminaron la sanción de hasta 300 jornales mínimos e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el plazo de hasta cinco años para los ex funcionarios que incumplieran las prohibiciones previstas en el artículo 24, que también fue eliminado, además de los artículos 25 y 26.

Entre los artículos modificados se encuentra el 3, inciso g, que consiste en limitar el grupo familiar hasta cónyuge o conviviente e hijos mayores de edad. En la actual ley, alcanza a parientes hasta el segundo grado de consanguinidad.

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