30 abr. 2024

OGD pide cambiar calificación de la causa para obtener la libertad

La defensa del ex senador y de su hijo planteó un incidente de cambio de calificación ante el juez Humberto Otazú. Si se anula el enriquecimiento ilícito, los procesados podrían tener medidas alternativas.

Quiere cambio.  La defensa de Óscar González Daher pide modificar la calificación al juez.

Quiere cambio. La defensa de Óscar González Daher pide modificar la calificación al juez.

Un incidente de cambio de calificación, de modo a excluir el cargo de enriquecimiento ilícito, para poder así tener medidas alternativas, fue presentado por la defensa de Óscar González Daher y de su hijo Óscar González Chaves.

El pedido fue presentado ante el juez de Garantías, Humberto Otazú, que le correrá traslado al fiscal René Fernández.

González Daher y su hijo, están procesados por los supuestos delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.

Por estos hechos punibles, el juez Otazú decretó la prisión preventiva para ambos, ya que en el caso del enriquecimiento ilícito es un crimen con pena de entre 1 y 10 años de cárcel. Con ello, la ley no permite que puedan ser beneficiados con las medidas alternativas a la prisión.

ARGUMENTOS. Las abogadas Sara Parquet y Cecilia Pérez sostienen que la calificación primaria señala el delito de enriquecimiento ilícito en la función pública. Apuntan que tanto Óscar González Daher, como su hijo Óscar González Chaves, no revisten el carácter de funcionarios públicos como pretende la Fiscalía.

Citan el artículo 2 de la Ley de la Función Pública, que refiere que “aún cuando cumplan una función pública, se exceptúan expresamente...” “los senadores y diputados, los gobernadores y los miembros de las juntas departamentales, los intendentes, los miembros de las juntas municipales”. Remarcan que ninguno de los imputados eran funcionarios públicos.

Refieren que la ley de enriquecimiento ilícito indica que la ley se aplica a “toda persona que cumpla una función pública, o tenga facultades de uso, custodia, administración o explotación de fondos, servicios o bienes públicos”.

Con ello, aclaran que “nuestros defendidos no son ni fueron administradores ni tienen a su cargo el uso del bien público”.

Refieren que no se les puede atribuir ningún enriquecimiento tipificado en la legislación, y sus bienes fueron adquiridos antes de ingresar a la función pública.

Subcontralor PIDE INFORMES. Por otro lado, el subcontralor general de la República, Camilo Daniel Benítez, solicitó copias de los dictámenes de los exámenes de correspondencia de Óscar González Daher, Justo Pastor Cárdenes, Víctor Alcides Bogado, Luis Pintos Aguilera y Elvis Carrera Ríos.

Igualmente, de Domingo Gustavo Kirmser, Luis Tadeo López, Alcides Brizuela, César Daniel Samaniego Morínigo y Francisco Pérez Fernández.

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