04 sept 2026

Octubre Rosa: Trabajadoras tienen dos días de licencia remunerada para mamografía y PAP

En caso de que el empleador niegue el permiso de la licencia se expone a multas. La fecha de licencia para la mamografía o PAP debe ser establecida de común acuerdo entre la beneficiaria y el empleador, o Recursos Humanos.

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Trabajadoras tienen dos días de licencia al año para mamografía y PAP.

Foto: Archivo/ Edición ÚH.

En el marco de la conmemoración del Octubre Rosa, que tiene como finalidad la sensibilización y prevención del cáncer de mama, se recuerda el derecho de las trabajadoras de acceder a una licencia remunerada de dos días laborales al año para realizarse exámenes de mamografía y Papanicolau (PAP).

Cada 19 de octubre se conmemora el Día Internacional de la Lucha contra el Cáncer de Mama, que tiene como objetivo fomentar la concienciación y facilitar el acceso de las mujeres a controles, diagnósticos y tratamientos adecuados; por ello también se impulsa la campaña Octubre Rosa.

En este contexto, se recuerda la importancia del cumplimiento de la Ley N° 3803/09 que otorga a todas las trabajadoras una licencia remunerada de dos días laborables por año para someterse a exámenes de Papanicolau y mamografía.

Sepa más: Octubre Rosa: En Paraguay, 10 mujeres mueren a la semana por cáncer de mama

La ley busca fomentar la prevención y garantizar que las mujeres no posterguen sus controles por motivos laborales. Por ello, se insiste en que los estudios no deben limitarse solo al mes de octubre, sino que deben realizarse en cualquier momento del año para maximizar las posibilidades de detección precoz, según instan desde el Ministerio de Salud Pública (MSP).

¿Quiénes son las mujeres beneficiadas?

Según establece la legislación, son beneficiarias todas las trabajadoras, dependientes o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no.

Para utilizar la licencia, la trabajadora deberá presentar una nota, con la debida antelación, en la que conste la fecha prevista para el examen médico.

La fecha de licencia debe ser establecida de común acuerdo entre la beneficiaria y el empleador, la autoridad superior o el Departamento de Recursos Humanos, salvo prescripción médica que indique la necesidad urgente de realizar tales estudios.

Se considerará aceptada la solicitud de no mediar respuesta por escrito, por parte del empleador, en un plazo de 48 horas hábiles, contadas a partir de lo presentación de la solicitud.

Para utilizar este beneficio, la trabajadora deberá justificar la ausencia en un plazo de 48 horas mediante el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital o centro médico sanitario, donde conste que los estudios fueron realizados.

¿Cuáles son las sanciones en caso de incumplimiento del empleador?

En caso de que la patronal se niegue a otorgar esta licencia, podría enfrentarse a una multa equivalente a dos jornales mínimos (G. 223.004) por cada trabajadora afectada, recuerdan desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).

Para mayor información y asesoría, las trabajadoras pueden recurrir a la Dirección General de Promoción a la Mujer Trabajadora del MTESS, ubicada en Herrera y Paraguarí. O también pueden llamar al (021) 729 0100 (internos 551/552) o escribir al correo: mujertrabajadora@mtess.gov.py.

Prevención del cáncer de mama

El cáncer de mama es la forma más común de cáncer entre las mujeres en Paraguay y la principal causa de muerte por cáncer en la población femenina. Durante el 2023, el Instituto Nacional del Cáncer (Incan) diagnosticó más de 600 nuevos casos y registró 274 casos fatales.

La detección temprana del cáncer de mama no solo mejora las tasas de supervivencia, sino que también reduce los costos asociados con tratamientos más intensivos en etapas avanzadas de la enfermedad.

Las mamografías permiten detectar el cáncer incluso en mujeres asintomáticas.

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