12 feb. 2025

Nuevo Estatuto de la UNA mantiene el desequilibrio de poder en facultades

Casi no hubo cambios. Los docentes escalafonados pueden seguir decidiendo el futuro de cada unidad académica sin presencia de estudiantes y egresados. La norma –critican– da un blindaje a los decanos.

Revés.  Casi un mes  sitiaron el  campus de la UNA para lograr cambios que  se desecharon.

Revés. Casi un mes sitiaron el campus de la UNA para lograr cambios que se desecharon.

Sigue todo igual, aunque con relativos ribetes positivos en cuanto al nuevo Estatuto de la Universidad Nacional de Asunción (UNA). El documento fue aprobado en la Asamblea Universitaria (AU) el pasado 5 de diciembre y, con todo el ruido de la festividad mariana, casi pasó desapercibido.

Pero ya empiezan a surgir voces que ponen en entredicho algunas de las cláusulas que fueron incluidas en la normativa que, dicho sea de paso, solo podrá tocarse recién dentro de cinco años.

Otra vez uno de los estamentos puede ejercer mayoría por sí sola, que es el estamento de los docentes escalafonados. Y los decanos son los únicos que son miembros natos de los tres órganos de gobierno: de la Asamblea Universitaria, el Consejo Superior Universitario (CSU) y el Consejo Directivo (CD), donde su voto vale doble en caso de empate.

“La situación de equilibrio de fuerzas en el Consejo es lo que no se pudo alcanzar. Eso garantiza el poder que está construido sobre el estamento docente y es directamente condescendiente con el poder que acumulan los decanos”, refirió Fernando Krug, quien fue uno de los líderes de la revuelta estudiantil por la salida del entonces rector Froilán Peralta y por la reforma del Estatuto de la UNA.

“La idea era mantener la posibilidad de que, por lo menos, con la suma de los representantes egresados y estudiantiles dé la misma cantidad que los docentes escalafonados. Se manejaba el 8-4-4 con el voto de desempate del decano. Eso no se consiguió y quedó 8-3-3", explicó la Dra. Lorena Fontclara, representante de los egresados no docentes ante la AU, al referir sobre la composición de docentes y decanos junto a los representantes de estudiantes y graduados en el CD de las facultades.

Privilegios. Krug reflexionó que los decanos, finalmente, son quienes manejan los concursos y las designaciones de cargos docentes en sus unidades académicas. “Por ende, tienen una situación de ventaja al momento en que los votos docentes les permiten gobernabilidad”, remarcó.

En efecto, esta situación no es nueva –apuntó– y fue lo que se cuestionó desde el principio y “no se pudo cambiar porque es el núcleo del problema”.

“Creo que más que cuestionar lo que se hizo, es cuestionar lo que no se hizo. Se nota que hicieron un esfuerzo por mantener ciertos privilegios”, remarcó al señalar, por otro lado, la asimetría de fuerzas en el Tribunal Electoral Independiente (TEI).

“El TEI, que debe ser independiente, va a tener un miembro designado por el Consejo Directivo, donde son mayoría los docentes escalafonados. Al final no es independiente; lo ideal hubiese sido que tenga un miembro de cada estamento elegido por sus pares”, postuló Fontclara.

Exclusividad. Otro punto en cuestión radica en el “blindaje” que gozarán los decanos al ser los únicos en integrar los tres órganos de gobierno. Incluso, antes un representante de los egresados, docentes y estudiantes ante el Consejo Superior Universitario formaba parte también de los Consejos Directivos. Eso se suprimió en la nueva normativa.

Fontclara explicó que eso daba un “nexo importante”, en razón de que en el CSU se defienden las propuestas de cada Consejo y, en este caso, quedará solo bajo el ánimo y gestión del decano.

Por lo demás, las direcciones académicas y las jefaturas de departamentos seguirán siendo cargos de confianza.

“Hay cargos que pueden ser de confianza como un secretario general o una dirección de administración y finanzas, pero creo que todo lo que es académico hay que concursar”, fustigó al coincidir en que se presta a la discrecionalidad por ser un cargo político y no técnico.

Lo positivo –dijo– es que quienes ocupen cargos electivos en órganos de gobierno no pueden ocupar cargos de confianza. El nuevo Estatuto cuenta con 246 artículos, de los cuales varios quedaron en ser reglamentados por el plenario del CSU.


Más que cuestionar lo que se hizo, es lo que no se hizo (...). La situación de equilibrio no se pudo alcanzar. Fernando Krug, ex vocero estudiantil.

Las direcciones académicas y las jefaturas de departamentos son cargos de confianza; es algo malísimo. Lorena Fontclara, representante egresada.