08 may. 2024

Nuevas restricciones del Ejecutivo regirán hasta este 28 de marzo

Restricciones. Los restaurantes, bares y eventos deberán operar con un estricto protocolo.

Restricciones. Los restaurantes, bares y eventos deberán operar con un estricto protocolo.

El Poder Ejecutivo dio a conocer ayer el Decreto Nº 5025, por el cual oficializó las nuevas medidas restrictivas que regirán entre el 18 y el 28 de marzo del presente año, como parte del plan de levantamiento gradual de la cuarentena por Covid-19, que regirá a las ciudades con mayor índice de contagios

El decreto establece, entre otras cosas, que durante la vigencia de las medidas, los habitantes solo podrán realizar sus desplazamientos, con algunas excepciones, de 05:00 a 20:00, en las ciudades de Asunción, Lambaré, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso, Villa Elisa, Guarambaré, Ñemby, Villarrica, Ciudad del Este, Caacupé, Hohenau, Caraguatay, San Bernardino, Caazapá, Encarnación, Coronel Bogado, Fram, San Juan Bautista, San Ignacio, Ayolas, Paraguarí y Pilar. En tanto que en el resto del territorio nacional podrán circular entre las 05:00 y 23:59.

LOS ESENCIALES. Los comercios considerados esenciales, tales como supermercados, despensas y farmacias, así como la cadena logística para la provisión y producción de alimentos, domisanitarios y fármacos podrán abrir las 24 horas.

Mientras que se estableció que los comercios no esenciales podrán atender hasta las 20:00 y deberán operar sin habilitar espacios de espera.

En tanto que los locales cuyos servicios requieren permanencia del cliente en el local mayor a 30 minutos, deberán ofrecer servicios por agendamiento previo con registro individualizado de las personas atendidas.

RESTAURANTES Y PATIOS DE COMIDA. El decreto establece también que los locales gastronómicos podrán operar entre las 05:00 y 23:59, con agendamiento previo, reserva de mesa y con registro individualizado de las personas atendidas.

La operación de estos locales estará sujeta a los protocolos aprobados por Salud Pública. Los patios de comida de los shoppings podrán atender hasta la medianoche, en tanto que las tiendas deben cerrar a las 20:00.

Los servicios de entrega a domicilio (delivery), los de atención remota al cliente (call center) y las farmacias podrán operar durante las 24 horas.

Otro punto a tener en cuenta es que las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 20:00 a 05:00, con excepción de los locales gastronómicos. También aclara el Decreto 5025 que todos los comercios deberán operar bajo el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios.


Eventos con 100 asistentes, pero sin bailes
En cuanto a los eventos sociales, pueden realizarse entre las 05:00 y las 23:59, en espacios públicos y privados habilitados, con un máximo de hasta 100 asistentes, garantizando los dos metros de distancia entre ellos. Se permitirán los eventos infantiles con protocolo y los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta 12 personas presentes, incluyendo el núcleo que reside en el lugar. Los eventos sociales y corporativos tendrán una duración máxima de cuatro horas y no estarán permitidos los espacios para bailes ni barras. Todos estos eventos deben hacerse con aplicación de protocolo.


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