A renglón seguido aclara “no pudiendo volver a presentarla dentro del término de un año”.
El proyecto de enmienda para la reelección presidencial fue estudiado y rechazado por el Senado el 25 de agosto del presente año, por lo que no puede ser tratado nuevamente hasta el 26 de agosto del 2017, según se establece en el artículo 290.
El mismo artículo reglamenta el uso de la enmienda y establece claramente qué puntos no podrán ser tocados mediante esta vía que supone un cambio parcial de la Constitución.
Excluyente. En otro párrafo establece claramente que “no se utilizará el procedimiento indicado de la enmienda, sino el de la reforma, para aquellas disposiciones que afecten el modo de elección, la composición, la duración de mandatos o las atribuciones de cualquiera de los poderes del Estado, o las disposiciones de los Capítulos I, II, III y IV del Título II, de la Parte I.
De esta manera, pone un blindaje a un tema muy delicado en el momento de la redacción de la Constitución, que era el mandato continuo que tuvo el entonces ex presidente Alfredo Stroessner, quien se perpetuó en el poder por espacio de 34 años.
Por otro lado, el artículo 229 establece en forma tajante que el presidente y el vicepresidente “no podrán ser reelectos en ningún caso”.