19 abr. 2024

Ministra defiende prohibición de visitas a lesbianas en las cárceles pero leyes la contradicen

La ministra de Justicia Carla Bacigalupo defendió la prohibición de visitas privadas para reclusos y reclusas homosexuales basándose de los artículos 51 y 52 de la Constitución Nacional. Sin embargo la Carta Magna no prohíbe las uniones de hecho entre personas del mismo sexo, en tanto que sí garantiza la igualdad de las personas en dignidad y derechos.

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Vista del Correccional de Mujeres “Casa del Buen Pastor” durante una a práctica de zumba. | Foto: Archivo.

Las reclusas lesbianas del Buen Pastor denuncian que no pueden recibir visitas privadas de otras mujeres, a diferencia de las internas heterosexuales.

El Ministerio de Justicia se basa en la ley 5.162/2014 del Código de Ejecución Penal que establece el régimen de visitas privadas, pero el documento en sus artículos 130 y 131 no excluye a las personas homosexuales.

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En comunicación con Radio Monumental, la ministra de Justicia argumentó que la Carta Magna reconoce el matrimonio y las uniones de hecho entre un hombre y una mujer. “Nosotros no discriminamos, si nosotros hiciéramos una regla para dentro de las penitenciarías donde se permitiera la unión conyugal entre personas del mismo sexo sí estamos discriminando porque entonces estamos haciendo una situación desigual a la que hoy está reconocida en la Constitución Nacional”, expresó la secretaria de Estado.

Escuchar audio aquí (desde el minuto 7)

Si bien la Constitución menciona en su artículo 51 que las uniones de hecho entre un hombre y una mujer producen efectos similares al matrimonio en cuanto a las formalidades de separación, de disolución así como el régimen de administración de bienes, entre otros, no prohíbe en ningún artículo las relaciones de facto entre personas del mismo sexo.

Bacigalupo insistió en que se debe reproducir una vida en sociedad y que precisamente fuera de la cárcel según la constitución se reconocen las uniones heterosexuales. Habló de la humanización de las cárceles y que para el régimen de visitas privadas se sigue una serie de requisitos. “No podemos permitir una promiscuidad”, especificó.

La ministra también mencionó que en Paraguay se aplican las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, el documento es también conocido como las “Reglas de Mandela”.

Sin embargo al igual que las demás normativas que nombró, esta tampoco prohíbe las visitas íntimas de personas del mismo sexo.

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En el Buen Pastor unas 25 internas participaron de la reunión informativa en que se trató la problemática de visitas privadas, 10 de ellas solicitaron formalmente permiso para que sus parejas la visiten. Si el Ministerio de Justicia no hace lugar al pedido las internas accionarán judicialmente a través de la organización Aireana y el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

La organización publicó en la red social Facebook el reglamento de las penitenciarías sobre las visitas privadas y tampoco discrimina las relaciones homosexuales. Varias reclusas están reuniendo los documentos médicos que sí especifica la normativa.

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