El propio presidente del Congreso, Óscar Salomón, anunció que para hoy tendría listos tres dictámenes jurídicos de sus asesores sobre el artículo constitucional de la pérdida de investidura.
Por su otra parte, el liberal y titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Víctor Ríos, se comprometió a elaborar un proyecto de reglamentación, azuzado por el abdista Silvio Ovelar.
Algunos de los senadores vienen repitiendo un discurso de que supuestamente cometieron errores en la expulsión de algunos de sus colegas, y en eso se quieren escudar para autoblindarse.
Ríos indicó que la reglamentación implicará contar con un procedimiento preestablecido porque actualmente para cada caso varía.
El jueves pasado se había decidido la postergación del tratamiento de la pérdida de investidura de Rodolfo Friedmann, y se alegó que se tenía que esperar que la Justicia se expida sobre su caso.
El abdista había sido imputado por denuncias de irregularidades en la concesión de merienda escolar, en su época de gobernador de Guairá.
Otro trasfondo que también trascendió es que su salida estaba ligada al posible intento de juramento de Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos, según Ríos, Desirée Masi y Enrique Buzarquis.
Salomón también admitió que este tema está latente, aunque supuestamente los cartistas se pasan negando que su líder quiera ocupar una banca en la Cámara Alta.
INTERPRETACIÓN POBRE. Ríos cree que la interpretación del artículo 201, que no establece la cantidad de votos para la pérdida de investidura, y por eso se debe aplicar la mayoría simple, “es la interpretación más pobre que puede hacer cualquier persona sin una mínima formación jurídica”.
Remarcó que dentro del procedimiento también se debe determinar si se trata de un juicio político y cuál es el órgano que debe aplicarlo.
“Ante cualquier pedido de pérdida de investidura, todos ya vamos a saber el procedimiento que se va a aplicar y también qué mayoría”, dijo.
“En cada caso van variando algunas cuestiones y es imposible si no hay una reglamentación escrita”, indicó.
Hizo referencia al artículo 17 de la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos, en cuanto a la necesidad de un procedimiento previo. “El que va a ser juzgado debe saber cómo, con base en qué”, dijo.
Considera que se debe revisar, pero que finalmente será una mayoría la que decida si corresponde o no la reglamentación del artículo.
“No es como dicen algunos, esa interpretación que hacen porque el artículo 201 no dice nada, se debe aplicar mayoría simple. Es la interpretación más pobre que se puede hacer de un texto de la Constitución”, reiteró el liberal.
TESIS DE MONGES. Ríos también hizo referencia a la interpretación del cartista Juan Darío Monges, quien alega que debe ser un órgano extraparlamentario el que se ocupe de la pérdida de investidura.
“No es una interpretación antojadiza. No hay en ninguna parte de la Constitución que desautorice esa interpretación, ni siquiera en el diario de sesiones de la Constituyente”, manifestó el liberal.
Insistió lo mismo en cuanto a las mayorías. Lo que se objeta en el Senado es que para el desafuero se necesitan 30 votos, mientras que para la expulsión solo mayoría simple de los presentes.
El senador admitió que el proyecto de reglamentación va a generar mucho debate porque se debe decidir el órgano encargado de la aplicación, así como los plazos, las formas de presentación y lo más complicado, las mayorías.
Los que dicen que tiene que ser mayoría simple tienen la interpretación más pobre y reduccionista.
Víctor Ríos,
senador liberal.