- Roberto Irrazábal
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La polémica en torno al pedido de apertura del sobre N°4, el cual contiene los boletines de voto, generó un contrasentido en el criterio de la Justicia Electoral, al sostener que la ley no lo permite, según el abogado Jorge Rolón Luna, quien sostiene que la misma institución aplica el sistema de transmisión de resultados preliminares (TREP) sin que figure en la ley, así como también habilitó el uso del padrón nacional en internas, sin estar especificado esto en la legislación.
–¿Cuál es su criterio respecto al tema del sobre N° 4, es decir, los boletines votos como respaldo de las actas electorales o como basura electoral?
–Los boletines que la máquina expide por mandato legal, no pueden ser “basura electoral”, porque de lo contrario no existirían. Llamarlas así es un disparate. La ley no puede ordenar que se guarde “basura” y además, por tiempo indeterminado. Debemos remontarnos al momento en que se discutía la implementación de las máquinas de votar electrónicas: Que estas proporcionen evidencia física del voto, fue una forma de tranquilizar a los escépticos y desconfiados (tema, seguridad) y a quienes cuestionaban la constitucionalidad del conteo de votos (que no es escrutinio, porque no se “ven” los votos al contarse).
–¿Qué piensa respecto a cómo se redactó la famosa Ley de Desbloqueo respecto al uso de los boletines, su destino y el tiempo de conservación?
–Hay una grave deficiencia legislativa. La ley habla del tema de los boletines físicos, así como al pasar, no dice nada de su razón de ser, pero al mismo tiempo dice que se los guarde indefinidamente y con sumo cuidado (“El TSJE arbitrará los medios necesarios para una eficiente…” Art. 3°, ley 6318). ¿Para qué se crea una urna con boletines físicos, por fuera y aparte de la “urna electrónica” (no quieren que se la llame así) la cual debe ser guardada sine die?
–¿Cómo se entiende jurídicamente lo no especificado en la ley en este caso, y qué pasa si lo comparamos con el TREP (sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares) que no está en la ley?
– Yo sostengo desde antes de la controversia actual y lo he dicho en un artículo publicado en diciembre de 2022, que el principio del derecho público de que “lo que no está permitido, está prohibido”, carece de un valor absoluto. Lo sostuve para fundamentar la utilización del padrón nacional por parte de la Concertación (que la ley no autoriza expresamente). Lo llamativo del caso es que el propio TSJE en su fallo habilitante de tal utilización, me cita para sostener ese mismo argumento; luego, unos meses después, sostiene exactamente lo contrario: “Si la ley no lo autoriza no se puede hacer”. Cuando un tribunal cambia su criterio, debe explicar ese cambio… Además, como establece el Código Electoral en su artículo 4, en caso de duda, “se estará siempre a lo que sea favorable a (…) asegurar la expresión de la auténtica voluntad popular”, y aquí eso es lo que está en juego, el aseguramiento de la voluntad popular, sobre la cual hay dudas.
–¿Considera necesarias reformas del Código Electoral para dar claridad y sentido al rol de los boletines, así como otras propuestas como el ballotage?
–A este respecto, mi propuesta concreta es que se realice un doble conteo: El de la máquina y el manual. Esto dificultará el fraude de manera importante. Para facilitar el proceso, el conteo manual solo debería consignar los votos para presidente (y para intendente) y los votos a los partidos. El orden preferente se lo dejamos a las máquinas y si existieren dudas, se abre el sobre 4. Con respecto al ballotage, es urgente reformar la Constitución a ese respecto: este sistema es funcional a la ANR, que es rechazada por la mayoría de los paraguayos y proporciona ilegitimidad; en estas últimas elecciones, solo el 27% de los empadronados votó a Santiago Peña y el 43% de los votantes. Además, la falta de ballotage impide acuerdos y agendas político-electorales más amplias, que se escuchen más voces.
–¿Qué opina de la cuestión de los miembros de mesa en el sistema electoral, así como las Juntas Cívicas, y si tiene alguna propuesta o idea de cambio sobre estos puntos?
–El sistema de integración de las mesas de votación debe ser sin los partidos políticos, por sorteo, como carga pública. Debe pasar de los partidos a la ciudadanía. Todo el proceso electoral puede ser impecable, pero ese único momento del proceso en el que el Estado (la Justicia Electoral) se retira (previamente, inscribe, elabora el padrón, convoca, organiza y juzga las elecciones) que es desde las 6 de la mañana del día de las elecciones hasta que se realiza el escrutinio, es “el momento tramposo” de nuestro sistema electoral. Allí se realizan los fraudes que falsean la voluntad popular.
–¿Qué piensa respecto al peligro del dinero sucio en las campañas para compra de votos?
–Nuestro sistema de control de financiación de las campañas es débil y realmente no sirve. No puede impedir el flujo de dinero sucio. Hay que pensar en algún modelo diferente: Prohibir el uso del espacio público para propaganda, que la JE se haga cargo de la distribución de la propaganda en los medios de comunicación (como en Brasil), controlar el uso de los bienes del Estado. Cuando fui juez dicté una orden genérica para que la Contraloría retenga vehículos estatales sin orden de trabajo en la semana previa de las elecciones. Fueron como 100 vehículos retenidos. Nunca más nadie lo hizo. ¿Por qué? De la misma manera, la policía y la fiscalía no se ocupan de la compra de cédulas y de votos: no les interesa y es un trabajo fácil de hacer, se hace a la vista de todos. Con algo de trabajo de inteligencia y policías de particular podés meter presos a todos y llegar a quienes dan la orden; es como la venta de drogas, todos saben quien vende drogas en el barrio, y la policía también, pero es un negocio policial. En este caso (compra de cédulas) no es un negocio, pero fiscales y policías dependen o reciben órdenes de los políticos y no tienen el coraje de ocuparse del asunto.
Que las máquinas proporcionen evidencia física del voto fue una forma de tranquilizar a los escépticos y desconfiados.
El TSJE en su fallo (del padrón nacional a la Concertación) me cita... luego, unos meses después, sostiene lo contrario.
Ese único momento del proceso en el que el Estado (la Justicia Electoral) se retira es “el momento tramposo” de nuestro sistema electoral.
Ex juez electoral
Jorge Rolón Luna. Abogado egresado de la UNA. Fue juez electoral, es especialista en seguridad ciudadana, derechos humanos y derecho constitucional. Además, es docente de la Universidad Católica, la Universidad Autónoma de Encarnación (UNAE) y la Escuela Judicial. También es consultor de varias organizaciones.