10 jun. 2026

Los artículos más polémicos de la ley contra la discriminación

Ante el inminente análisis en el Senado del proyecto de ley contra toda forma de discriminación, surgen diversos cuestionamientos. El documento busca reglamentar el artículo 46 de la Constitución Nacional que trata sobre la igualdad. A continuación los detalles de la propuesta legislativa.

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El polémico proyecto de ley fue presentado en el año 2007 por Carlos Filizzola y Miguel Abdón Saguier. | Foto: Archivo.

Los cuestionamientos por parte de organizaciones civiles y de la Iglesia se fundamentan en los artículos que hablan de discriminación en cuanto al sexo, orientación sexual e identidad de género.

Los obispos señalan que esta normativa pone en riesgo los artículos 49, 50, 51, 52, 53 y 54 de la Constitución Nacional, que tratan sobre la protección de la familia, el matrimonio y los derechos del niño. Sin embargo, es el artículo 46 de la Carta Magna el que se verá afectado. El mismo trata sobre la igualdad de la personas en dignidad y derechos.

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Por otra parte, sectores de la sociedad civil, señalan que este es un paso para imponer la ideología de género dentro de las políticas públicas. Indican que esto será dar el primer paso para la despenalización del aborto y el matrimonio igualitario.

Uno de los puntos polémicos del proyecto de ley es el artículo 6. El ítem establece que “discriminación” es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se establezca por distintos motivos (raza, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, cualquier otra condición social, etc.). También se cuestiona el octavo artículo (Ver infografía).

También se cuestiona el artículo 19 que habla sobre la “Incitación a la discriminación”, porque utiliza el término “identidad de género u orientación sexual”. Este punto establece pena o multa para el que, en forma idónea, incitara a la discriminación, para perturbar la convivencia de las personas, públicamente, en una reunión.

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El proyectista, el senador Carlos Filizzola, explicó que ningún artículo del proyecto de ley habla del matrimonio igualitario ni el aborto. Indicó que el principal objetivo es que no se agreda la dignidad de las personas por condiciones religiosas, físicas, sexuales o políticas.

El parlamentario dijo que lo que se busca con la ley es tipificar y clasificar los actos discriminatorios, así como establecer multas y penas para las personas que incumplan con la normativa. “Paraguay es el único país que no cuenta con este tipo de leyes”, sentenció.

En cuanto a la posibilidad de la aprobación del proyecto, dijo que, mirando los antecedentes de los debates anteriores, será difícil. Sin embargo, “ahora veo que los parlamentarios tienen una mente más abierta respecto al tema”, concluyó.

El polémico proyecto del ley fue presentado en el año 2007 por el senador Carlos Filizzola y Miguel Abdón Saguier.

Ver adjunto proyecto de ley

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