Las acciones de Estados Unidos en el Caribe, Venezuela y las costas del Pacífico están tensionando de manera muy significativa la paz y estabilidad de la región. Estamos ante un proceder unilateral del poder hegemónico. Uno que deja sin efecto el recurso al diálogo y la conciliación. Las repercusiones son mayúsculas, aunque estén revestidas del argumento de combatir los cárteles “terroristas”.
Las consecuencias más obvias ya están en curso. Venezuela y otros países afectados perciben las acciones como una amenaza a su soberanía, ocasionando el aumento de tensiones diplomáticas y despliegue militar en fronteras. Ello, a su vez, genera una polarización en la región, con algunos gobiernos que apoyan la intervención, otros que la condenan. Todo ello en el marco del debilitamiento de los mecanismos multilaterales de cooperación regional, como el CELAC y la OEA.
Frente a tal situación, no se debería olvidar que en el largo plazo está en el interés de los países pequeños, intermedios y grandes de la región que no se normalice una intervención sin autorización de la ONU. Dicha normalización debilitaría el principio de soberanía, uno de los pilares de la construcción de los Estados nacionales latinoamericanos. Se establecería, además, un precedente peligroso para futuras acciones unilaterales en América Latina.
Debemos recordar que no se considera legítima una intervención militar unilateral con el argumento de combatir cárteles de droga calificados como “terroristas”, salvo que se cumplan condiciones muy específicas del derecho internacional. El Artículo 24 de la Carta de la ONU prohíbe la amenaza o uso de la fuerza contra la integridad territorial o independencia política de cualquier Estado. Las excepciones permitidas tienen relación con: a) la legítima defensa, es decir, si el Estado que interviene ha sufrido un ataque armado por esos grupos; b) se obtiene autorización del Consejo de Seguridad, para cuyo caso el Consejo determinaría si los cárteles representan una amenaza a la paz internacional y aprueba la acción, y; c) con el consentimiento del Estado afectado: si el gobierno del país invita formalmente a la intervención.
Aunque Estados Unidos pueda designar a ciertos cárteles como terroristas, esa calificación unilateral no crea un derecho legal para intervenir militarmente. El principio de soberanía sigue vigente, y la intervención sin autorización internacional sería considerada ilegal. Las alternativas a ese camino pueden ser cooperación internacional (tratados antidrogas, asistencia técnica); operaciones conjuntas con consentimiento del Estado afectado, y sanciones económicas y diplomáticas.
Aunque en la coyuntura actual se hace muy difícil emprender el camino diplomático, siempre es útil recordar que existen ciertas vías de respuesta. El ofrecimiento de México de servir de anfitrión y facilitador de un diálogo entre las partes en conflicto es una propuesta que ha sido comunicada a la ONU. También se ha solicitado una sesión del Consejo de Seguridad para denunciar la amenaza al principio de no intervención. Se podría, eventualmente, presentar a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una demanda por violación de soberanía, si hay pruebas suficientes, y sin duda, existen elementos que permitirían invocar la Convención del Mar, sobre todos los artículos de la CONVEMAR ante la Asamblea General o el Tribunal Internacional del Derecho del Mar.
Pase lo que pase, se debe recordar que, aunque Estados Unidos pueda designar a ciertos cárteles como terroristas, esa calificación unilateral no crea un derecho legal para intervenir militarmente. El principio de soberanía sigue vigente, y la intervención sin autorización internacional sería considerada ilegal. Debemos considerar que las medidas propuestas podrían no lograr el impacto esperado en los cárteles. Estas entidades transnacionales son muy flexibles y pueden mover sus operaciones con facilidad; mientras exista demanda en Estados Unidos y otros países, el narcotráfico seguirá siendo un negocio lucrativo que generará nuevas ramificaciones.
Estamos ante un proceder unilateral del poder hegemónico. Uno que deja sin efecto el recurso al diálogo y la conciliación. Esteban Caballero