09 may. 2024

La Corte dicta medida cautelar que beneficia a socio de Erico Galeano

Gracias a una acción de inconstitucionalidad, una empresa local podrá importar productos alimenticios sin necesidad de contar con el Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA).

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Fachada de la Corte Suprema de Justicia.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dictó una medida cautelar en el marco de una acción de inconstitucionalidad presentada por una empresa para evitar que se le aplique el Código Sanitario, algunos artículos de decretos y resoluciones del Ministerio de Salud, a fin de importar alimentos que no cuentan con registro sanitario. La CSJ aún falta que defina la cuestión de fondo.
La misma empresa lleva años importando perfumes y cosméticos valiéndose de medidas cautelares similares a la expedida por la Sala Constitucional, el pasado 13 de febrero.

La resolución –firmada por los ministros Gustavo Santander Dans, César Diesel y Víctor Ríos– hace lugar al pedido de suspensión de los efectos del artículo 187 de la Ley 836/20 “Código Sanitario”. Así como los articulados 4 y 5 del Decreto 1635/1999, que habla sobre las facultades del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), para otorgar registros sanitarios y percibir el arancel.

El ministro Santander votó en disidencia, por el rechazo in límine de la acción. Consecuentemente, también pidió el rechazo de la medida cautelar.

Además, se suspenden los efectos de otras resoluciones que guardan relación con el Ministerio de Salud y licencias para la importación.

POLÍTICO CARTISTA. La empresa beneficiada es LA Businness Sociedad Anónima, cuyo firmante es el ecuatoriano Luis Fernando Álvares Jaramillo. El hombre, además, es accionista de la empresa Sun Forever, junto con Ali Mohsen Barakat.

Asimismo, Álvares Jaramillo, como responsable de LA Business, fue señalado como principal cliente de Neos Import Export SA, importadora asociada a la investigación de lucha contra el narcotráfico, en la causa de Cucho Cabañas, en el marco del operativo denominado Berilo 2.0. Con Neos Import, el ecuatoriano registró varias transferencias que no corresponden al rubro de minorista y mayorista de prendas de vestir, la mayoría en operaciones en dólares americanos.

Una operación financiera entre Álvares Jaramillo y el diputado cartista Erico Galeano ya había sido catalogada como operación sospechosa. Álvarez Jaramillo habría vendido una propiedad a Galeano y Gricelda Bogado Franco por unos USD 50.000 el 14 de julio de 2021.

ANTECEDENTES. Juan Pablo Jaeggli, de la Cámara Importadora de Perfumes y Cosméticos, denunció que la misma empresa lleva años importando productos valiéndose de recursos provisorios emitidos por la máxima instancia judicial.

“Hace como 12 años se empezó recurriendo a jueces, pero luego la Corte, por denuncia de los importadores formales, enjuició a algunos jueces de Ciudad del Este. Estas medidas son cautelares, pero como no hay un plazo para expedirse, esto se queda ahí. Las medidas afectan al Código Sanitario y decretos que ni siquiera están vigentes”, indicó.

Jaeggli cuestionó que la Dirección Nacional de Aduanas siga permitiendo el ingreso de productos con medidas vencidas. Explicó que hace unos años la misma empresa pidió una medida cautelar para el ingreso de alimentos, la cual fue otorgada inicialmente, pero tras la reacción de la Unión Industrial Paraguaya (UIP) se revocó. No obstante, esta nueva acción salió a favor de la firma.

PREOCUPACIÓN. Por su parte, Jorge Ilou, director de la Dirección Nacional de Registros Sanitarios (Dinavisa), manifestó a ÚH que para la autoridad regulatoria nacional es bastante preocupante este tipo de resoluciones.

En lo que respecta a la última resolución, explicó que expedirse al respecto es competencia del INAN y del Ministerio de Salud.

El funcionario comentó que en el caso de la importación de cosméticos y perfumes, mediante una medida cautelar, remitió notas a la Dirección Nacional de Aduanas (DNA).

Uno de los documentos señala que “las medidas cautelares dictadas en este contexto por la Sala Constitucional de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones legales, desde el punto de vista de Dinavisa como autoridad nacional regulatoria, implican un riesgo potencial para la salud de la población, considerando que podrían importarse productos sin someterlos a ningún control sanitario, los que posteriormente llegarán a la población”.

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Polémico. Facsímil de la resolución de la Corte que dispuso la medida cautelar.

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César M. Diesel

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Víctor Ríos

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Gustavo Santander

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