La resolución fue dictada de manera unánime por los ministros Antonio Fretes, César Diésel y César Garay, quienes entendieron que la acción no cumplía con los requisitos formales, por lo que la rechazaron in límine.
La investigación por enriquecimiento ilícito es de cuando el legislador colorado se desempeñaba como intendente de Ciudad del Este.
En principio, la propia Fiscalía había pedido desestimar la causa debido a que pese a que la denuncia fue presentada en plazo, pasaron más de 10 años de lo ocurrido sin que la Fiscalía investigue, con lo que el delito prescribió.
Esto fue solicitado al juez Gustavo Amarilla, quien le dio trámite de oposición por lo que la Fiscalía General del Estado se había ratificado en el pedido del fiscal inferior de desestimación. Con ello, el magistrado no tuvo otra opción que desestimar el caso.
Sin embargo, después, cuando hubo la imputación por supuesta declaración falsa contra Ernesto Javier Zacarías Irún, se pidió también la reapertura de la citada investigación.
Con ello, el juez Amarilla se declaró incompetente para la causa, ya que había dispuesto, a pedido fiscal, la desestimación y se apartó del caso.
Su entonces colega, Miguel Tadeo Fernández, impugnó la inhibición y el caso pasó al Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala. Ahí, los camaristas indicaron que la causa debía juzgarse en el Alto Paraná, ya que los hechos ocurrieron ahí.
ALTO PARANÁ. Ya en Ciudad del Este, el juez de Garantías, Marino Méndez, el 14 de junio del 2019 rechazó la solicitud de los fiscales de reabrir la investigación por enriquecimiento ilícito contra Zacarías Irún.
Esto fue apelado por los fiscales, y los camaristas Isidro González, Miriam Meza y Stella Marys Zárate, el 28 de agosto de 2019. Rechazaron la apelación, por lo que se confirmó el rechazo de la reapertura de la causa por presunto enriquecimiento ilícito.
ACCIÓN. Fue justamente contra estas dos resoluciones que los fiscales de la Unidad de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, Josefina Aghemo, Sussy Riquelme, Osmar Legal y Luis Said, plantearon la acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema.
Según el voto del ministro Fretes, “los recurrentes pretenden reanudar el debate en esta instancia extraordinaria, sobre cuestiones que han recibido oportuno tratamiento por los magistrados intervinientes”.
Dice que los camaristas argumentaron correctamente el fallo. “Según las constancias de autos, el planteamiento del accionante ha sido juzgado conforme a derecho, resultando los agravios vertidos, meros desacuerdos con el pronunciamiento que se cuestiona”, alega.
Por su parte, el ministro César Diésel, afirma que comparte el voto de Fretes. Además, apunta que “los recurrentes no han expuesto el agravio irreparable y concreto que le ocasionan las resoluciones judiciales impugnadas”.
Garay también se adhirió a su voto. Con ello, rechazan in límine la acción de la Fiscalía, con lo que queda firme el rechazo de la reapertura de la investigación fiscal.