Se resolvió “imponer a las hinchadas organizadas del club Cerro Porteño, en todas sus facciones, la prohibición del acceso a todos los estadios en los que se realicen eventos deportivos organizados por la APF, por el plazo de (8) ocho meses, debiéndose computar a dicho efecto el tiempo transcurrido con motivo de la sanción provisoria impuesta por Resolución N° 005/2022 del 8 de marzo de 2022”.
Además solicitó a la Secretaría General de la APF se sirva arbitrar los medios idóneos conducentes a obtener –en su momento– los datos de las personas que fueron identificadas por el agente fiscal interviniente.