La jueza de Sentencia María Luz Martínez absolvió ayer a la modelo Mirna Pereira en el juicio oral por la querella por difamación, calumnia e injuria promovida por su colega Patty Orué.
Esta última presentó la acción penal privada, debido a una publicación periodística de revista Zeta que reproducía supuestas expresiones de Pereira, en la que esta la acusaba de utilizar estupefacientes.
La magistrada concluyó que Pereira no es responsable del título de tapa de la revista que ofendió a Orué.
Asimismo, la jueza Martínez indicó también que en este tipo de publicaciones muchas veces se modifican el sentido de las palabras de los entrevistados con la intención de vender más ejemplares o generar polémica.
Por su parte, al finalizar el juicio Pereira señaló que por fin se hizo justicia porque se demostró su inocencia y que ella no se expresó como dice la revista.
A su vez, la querellante dijo que se llegó al fondo de la cuestión y analizará si eventualmente corresponde accionar contra los verdaderos responsables de la publicación.
Luego de la sentencia, ambas modelos se saludaron amistosamente y se retiraron de Tribunales.
La sentencia impuso las costas a Patty Orué, la querellante.
“SUSTANCIA”. Luego de tres días de juicio oral, se probó que la revista cambió una palabra en las expresiones que realizó Pereira durante la entrevista.
En la tapa de la publicación se señaló que Pereira dijo que “Patty Orué tenía droga en las manos”. Sin embargo, en la entrevista la modelo dice que Orué tenía una “sustancia” en las manos y no utiliza la palabra “droga”.
La jueza María Luz Martínez explicó que esto se pudo probar a través de las testificales escuchadas durante el juicio oral además de las demás pruebas que se tuvieron en cuenta.
En ese sentido señaló que la misma periodista que realizó la entrevista testificó en el juicio que en la tapa de la revista se utilizó la palabra “droga”, con el fin de vender más ejemplares.
Sobre el punto, la jueza agregó que la comunicadora incluso explicó que “ese tipo de tapas son las que más venden”.
La magistrada también manifestó que se probó que las personas que elaboraron la tapa son las responsables de la tergiversación de las expresiones de la modelo.
Finalmente, Martínez indicó que la calumnia no fue probada durante el desarrollo del juicio oral y público, por lo que correspondió la absolución de la modelo querellada.
Durante el juicio se escucharon los testimonios de los trabajadores de la empresa encargada de la publicación que estuvieron a cargo de la producción fotográfica y la entrevista en cuestión.