13 feb. 2025

JEM rechaza denuncia de abogado contra Giuzzio

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) rechazó in límine una denuncia contra el fiscal de la Unidad Anticorrupción y Antinarcóticos, Arnaldo Giuzzio. La misma había sido presentada por el abogado Pedro Wilson Marinoni Bolla.
La resolución fue firmada por los miembros Marcelino Gauto, Wildo Rienzi, Marcelo Duarte, Rodolfo Irún Alamani y Mario Morel Pintos, quienes entienden que la denuncia del profesional no tiene fundamento, por lo que la rechazaron sin siquiera darle trámite.
Marinoni había acusado a Giuzzio de mal desempeño en sus funciones y la supuesta comisión del hecho punible de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, dentro de la causa que investiga a Jonathan Wink (Pingo) Soligo, por tráfico de cocaína.
Según el profesional, el fiscal fue autorizado por el juez Rubén Riquelme para allanar una propiedad del Amambay, con asistentes fiscales y agentes de la Dirección de Operaciones Antinarcóticas (DOA).

MÁS TARDE. Sin embargo, conforme con Marinoni, supuestamente el acto comenzó a las 13, aunque el fiscal recién llegó a las 20. Incluso, cita declaraciones del asistente, abogado Carlos González, y el actuario judicial, Luis Benítez, en una denuncia por robo presentada contra un efectivo de la Secretaría Nacional Antidrogas.
Alegó que, como Giuzzio no estaba en el acto, se falsificó el acta. El JEM analizó la denuncia y citando juristas nacionales indica que la investigación del fiscal no constituía una prueba válida en juicio.
Indica que la presencia del fiscal es sólo un formalismo, ya que los asistentes también son competentes para realizar actos investigativos. Al final, señala que no hallan méritos para iniciar una investigación contra el fiscal y rechazan la denuncia. Igualmente, disponen que se archive el expediente contra el representante del Ministerio Público.

No cuestionan
“El Jurado tiene sentada la postura respecto a que no es función cuestionar, por vía del enjuiciamiento, las actuaciones propias de la función de los magistrados y agentes fiscales, siempre que sus decisiones fueran ejecutadas dentro del marco de la ley y que estas sean susceptibles de recursos o remedios procesales en alzada”, dice en una parte del fallo del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que favorece al fiscal Giuzzio.