El abogado Ezequiel Santagada se refirió a la intención de la Contraloría General de la República (CGR) de aplicar sanciones a aquellos funcionarios públicos que no presentan sus declaraciones juradas una vez que cesan en el cargo. Explicó que con la modificación de la ley es poco y nada lo que el ente puede hacer.
“Justamente, con la reforma que hubo en la Ley 5033, no hay mucho que se pueda hacer. Si se puede imponer la sanción, eventualmente la Contraloría puede intentar ejecutar esa sanción, pero no tiene la facultad para condenar a la presentación de esa declaración jurada y tampoco puede inhabilitar a quienes no han presentado la declaración jurada al cesar el cargo porque esto ha sido modificado en 2022 por la Ley 6919”, refirió.
Dijo que lo positivo es que se autorizó legalmente la publicación de las declaraciones juradas. “Lo negativo es que le quitó la potestad a la Contraloría de inhabilitar a los funcionarios que no presenten las declaraciones juradas de cargo”, sostuvo.
“Hay una sanción de tipo moral, que es que quisiera volver a presentarse, pero entiendo que quienes no han presentado ya no tienen pretensiones de volver a la política. O tendrán otras causas bravas y creerán que esta es una manera de tener una mejor situación procesal. De todos modos, la Contraloría sí puede hacer exámenes de correspondencia con lo que tienen. Si uno presenta una declaración jurada que sí o sí presentaron para asumir el cargo, perfectamente la Contraloría puede, en base a esa declaración jurada y la actualización de informes en bancos, registros de la propiedad financiera y hoy otros terceros, estimar cuál sería el patrimonio actual de esa persona que no presentó la declaración jurada al cese”, manifestó.