En cumplimiento a la Ley 6399/19, el Ministerio de Hacienda emitió la reglamentación inherente a la misma, la cual contempla el canje del 100% de las acciones al portador por nominativas.
Según informó la cartera, la norma reglamentaria fija en detalles el procedimiento de canje que se inicia con la solicitud de dictamen de modificación de estatutos, ante la Abogacía del Tesoro, siendo el plazo máximo para evitar ser sancionado el próximo 10 de diciembre.
La norma establece las etapas del procedimiento, que van desde la solicitud de modificación, el canje efectivo, la eventual suspensión de los derechos económicos del accionista por falta de canje y la pérdida de validez de la acción como título representativo del capital social, entre otros.