Fue fallo unánime de las juezas Yolanda Morel, Ana Rodríguez y Karina Cáceres, quienes encontraron culpable al acusado del delito de soborno agravado. Entendieron que la pena justa y útil era de 2 años de cárcel, pero con la suspensión a prueba de la ejecución de la condena por el mismo plazo.
En sus alegatos finales, la fiscala Verónica Valdez había requerido la pena de 2 años ya que refirió que se habían probado los hechos acusados.
Por su parte, el defensor público Carlos Arce, en representación de Zárate Lovera, había requerido la absolución de culpa y reproche, ya que entendió que no se probaron los hechos.
En su petición ante el Tribunal, Zárate había solicitado disculpas por su comportamiento procesal durante el juicio oral, lo que fue tenido en cuenta por las magistradas.
Según explicó la magistrada Yolanda Morel, se probó que el funcionario Néstor Zárate, a instancias del abogado José Ávalos Chávez, había ofrecido desde el 4 de octubre del 2022, al también funcionario Iván Fleitas, la suma de G. 500 mil guaraníes para que le proveyera la copia en el caso que investigaba a Ramón Mario González Daher por presunto quebrantamiento del depósito y extorsión.
Zárate le pidió que le consiguiera copias de un cheque cargo GNB, por la suma de USD 59.500, a más de la copia de la acusación fiscal. Hubo conversaciones telefónicas y personales sobre el tema.
Incluso, se comprobó que el 12 de octubre del 2022 se reunió con Fleitas, lo que fue filmado con autorización judicial, donde Zárate le aclaró que quería las copias del cheque y de la acusación y que había “un 500" que dio el abogado.
La magistrada remarcó que el Tribunal no probó más allá de toda duda razonable que haya querido sustraer el cheque, sino que lo que se probó y fue dicho en reiteradas oportunidades era una copia del cheque.
Alegó que, tras las conversaciones, Iván Fleitas, que era funcionario del Juzgado de Garantías 9, a cargo del magistrado Rolando Duarte, le comentó al juez lo sucedido, por lo que decidieron realizar la denuncia ante el Ministerio Público.
La jueza entendió que se probó que existió el soborno agravado, ya que pidió algo a un funcionario a través del ofrecimiento de una suma de dinero.
Con ello, el tribunal entendió que se probaron los hechos acusados, y que, a pesar de las varias reuniones, era un solo hecho, por lo que le condenaron a la citada pena de 2 años de cárcel, pero con la suspensión de la ejecución de la condena.
En el caso, el abogado José Ávalos Chávez ya tuvo una salida alternativa en la causa, conforme explicó la agente del Ministerio Público.