Ratificó que el citado cobro, aunque sea legal, es ilegítimo y se debe cambiar. “Lamentablemente, el Código Aduanero se aprobó así y genera un tremendo daño a la economía por ese tema de multas”, enfatizó.
Sobre el punto, recordó el caso de una empresa en Paraguay que importaba y reexportaba unos aparatos que son conversores de televisores a smart y un teléfono de ciertas características, y que la partida arancelaria no contemplaba ese tipo de mercadería y, por ende, solo pagaba el seis por ciento de arancel.
Añadió que cuando apareció un nuevo elemento, alguien pidió un dictamen a la Aduanas, a Visturía y a un despachante de CDE, pero resulta que no está contemplado y asegura que debe pagar el 20% de arancel.
“¿Qué hacen los funcionarios? Toman eso y denuncian hasta cinco años, en forma retroactiva, supuestamente por defraudación y obviamente obligan a que sea 20% el arancel”, recalcó.
Fernández comentó que esto mató el negocio, que dejó de ser rentable y los productos fueron llevados directamente al Brasil. “O sea, por un lado, mataron un negocio de millones de dólares y, por otro, quieren cobrar la multa cuando los empresarios declararon correctamente y se les debía cobrar solo el seis por ciento”, remarcó.