23 abr. 2024

Essap: Fiscala adjunta apela sobreseimiento definitivo

Procesado. Osmar Ludovico Sarubbi, ex titular de la Essap.

Procesado. Osmar Ludovico Sarubbi, ex titular de la Essap.

La fiscala adjunta María Soledad Machuca apeló la resolución por la que la jueza Cynthia Lovera sobreseyó a 35 procesados por supuesta lesión de confianza en el caso de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap), porque entendió que la Fiscalía se equivocó.

El pasado 17 de noviembre, la magistrada había sobreseído definitivamente al ex titular de la Essap, Osmar Ludovico Sarubbi, y a otros 34 procesados, porque le dio el trámite previsto en el artículo 358 del Código Procesal Penal, por la falta de acusación de la fiscala.

Esto, porque la fiscala Victoria Acuña pidió sobreseer definitivamente a todos, con lo que la jueza no estuvo de acuerdo, y le remitió el caso a la Fiscalía General. Según la norma, debe ratificar el dictamen o, en su caso, acusar.

Sin embargo, la fiscala adjunta Soledad Machuca pidió el sobreseimiento provisional de los procesados, con lo que la jueza entendió que la misma no cumplió con lo que dice la ley, al no requerir una de las dos opciones, y los sobreseyó definitivamente.

En la causa, hubo un supuesto perjuicio patrimonial para el Estado paraguayo de 17.000 millones de guaraníes. Según Acuña, se probó con documentos que tal cosa no existió.

RECURSO. Ahora, la fiscala adjunta apeló con el argumento de que el fallo era infundado porque dice que la resolución de la jueza se sustenta en una “interpretación que se disocia del espíritu de la ley que rige la materia, (por lo que) su decisión es considerada desprovista de fundamentación”.

Según Machuca, la facultad del Ministerio Público no se agota en ratificar o en acusar, puesto que también “admite la posibilidad de no optar por ninguna de las dos soluciones...”, sino adoptar otras como el sobreseimiento provisional u otras previstas en la ley.

También refiere que existe una errónea interpretación restrictiva del artículo 358. Incluso dice que es arbitraria y que obliga al fiscal a ratificar un pedido de sobreseimiento sin que se hallen reunidos los requisitos, o acusar sin contar con las pruebas.

Por ello, cita varios tipos de interpretaciones, para finalmente pedir al Tribunal de Apelación revocar el fallo de la jueza, y que se haga lugar al pedido de sobreseimiento provisional.

La jueza Lovera, en su fallo, había citado el acuerdo y sentencia de la Sala Constitucional de la Corte número 381, del 11 de agosto del 2010, que señala que la Fiscalía General solo tiene dos opciones, ratificar el pedido o acusar.

Más contenido de esta sección
Las ventas al público en los comercios pyme de Argentina cayeron un 25,5% interanual en febrero pasado, golpeadas por la pérdida de poder adquisitivo de los consumidores a causa de la elevadísima inflación, y acumulan un declive del 27% en el primer bimestre del año, según un informe sectorial difundido este domingo.
El mandatario decidió crear el fondo nacional de alimentación escolar esperando un apoyo total, pues quién se animaría a rechazar un plato de comida para el 100% de los niños escolarizados en el país durante todo el año.
Un gran alivio produjo en los usuarios la noticia de la rescisión del contrato con la empresa Parxin y que inmediatamente se iniciaría el proceso de término de la concesión del estacionamiento tarifado en la ciudad de Asunción. La suspensión no debe ser un elemento de distracción, que nos lleve a olvidar la vergonzosa improvisación con la que se administra la capital; así como tampoco el hecho de que la administración municipal carece de un plan para resolver el tránsito y para dar alternativas de movilidad para la ciudadanía.
Sin educación no habrá un Paraguay con desarrollo, bienestar e igualdad. Por esto, cuando se reclama y exige transparencia absoluta en la gestión de los recursos para la educación, como es el caso de los fondos que provienen de la compensación por la cesión de energía de Itaipú, se trata de una legítima preocupación. Después de más de una década los resultados de la administración del Fonacide son negativos, así como también resalta en esta línea la falta de confianza de la ciudadanía respecto a la gestión de los millonarios recursos.
En el Paraguay, pareciera que los tribunales de sentencia tienen prohibido absolver a los acusados, por lo menos en algunos casos mediáticos. Y, si acaso algunos jueces tienen la osadía de hacerlo, la misma Corte Suprema los manda al frezzer, sacándolos de los juicios más sonados.
Con la impunidad de siempre, de toda la vida, el senador colorado en situación de retiro, Kalé Galaverna dijo el otro día: “Si los políticos no conseguimos cargos para familiares o amigos, somos considerados inútiles. En mi vida política, he conseguido unos cinco mil a seis mil cargos en el Estado...”. El político había justificado así la cuestión del nepotismo, el tema del momento.