La resolución se dictó horas después de que la Sala Penal de la Corte rechazara la recusación de la defensa de los procesados.
Los camaristas Arnulfo Arias, Gustavo Santander y Andrea Vera dictaron el fallo en forma unánime.
Con ello, confirmaron el veredicto dictado el 17 de diciembre del 2021, por las juezas Claudia Criscioni, Yolanda Portillo y Yolanda Morel, que los declararon culpables de usura, lavado de dinero y denuncia falsa.
A más de las condenas carcelarias, se dispuso el comiso especial por la suma de G. 240.554.525.035 más USD 11.711.977, que se encontraban depositados en diversos bancos de plaza.
La apelación especial de la defensa se basó en 11 puntos. Cuestionaron que los hechos de una de las denuncias prescribieron, que se violó el principio de congruencia y que se modificaron los hechos para agregar denuncia falsa.
Además, que no se configuraron la usura ni el lavado de dinero, que la fundamentación era nula, que no se probó la reprochabilidad y que se calculó mal el monto del comiso especial.
CONFIRMACIÓN. La Fiscalía, por su parte, requirió la confirmación de la sentencia que se dictó en el juicio oral.
El camarista Arnulfo Arias fue el preopinante. Analizó cada uno de los agravios, y los fue rechazando uno por uno. Dice que los jueces analizaron correctamente todos los puntos y que no se observaron violaciones procesales, con lo que correspondía ratificar la sentencia.
Por su parte, el camarista Gustavo Santander también analizó uno por uno los 11 agravios que presentó la defensa, con lo que también entiende que la resolución debe confirmarse.
La camarista Andrea Vera, que entró en reemplazo de Emiliano Rolón, el último en inhibirse, se adhirió a los votos de sus colegas.
De esta manera, admitieron el estudio de la apelación y confirmaron la sentencia en todas sus partes.
Tras la notificación a las defensas, estas tienen 3 días para pedir aclaratorias, y 10 días para presentar un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte.
También tienen un plazo de 9 días para plantear una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional, en caso que quieran hacerlo.
Como ya cumplieron con la pena mínima, seguirán en libertad hasta tanto quede firme la resolución. Por ahora, tienen todavía plazos para recurrir la resolución del Tribunal de Alzada.