10 jun. 2026

En caso Ronaldinho Gaúcho ejecutan fianza por prófugo

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Causa. Ronaldinho, cuando fue detenido en nuestro país.

archivo

El juez en lo Civil, Martín Acosta, admitió la ejecución de la fianza de G. 3 mil millones y USD 300 mil, ofrecidas por el prófugo Wilmondes Sousa Lira, uno de los procesados en el caso donde también había sido procesado el conocido futbolista Ronaldinho Gaúcho y su hermano, por tener documentos falsificados.

En el caso, con respecto al ex astro del Barcelona español, y su hermano, la causa ya culminó con una suspensión condicional del proceso. Sin embargo, sigue respecto a Sousa Lira y Dalia López, aún prófugos en el caso.

La Procuraduría General de la República planteó la ejecución de las resoluciones judiciales contra María Cristina Fleitas y Atilio Augusto Alegre, ambos fiadores del procesado Sousa Lira, que había sido beneficiado con el arresto domiciliario, pero se fugó.

Con ello, el entonces juez Gustavo Amarilla, el 21 de enero del 2021, decretó la rebeldía y la captura, además de notificar a la Procuraduría General de la República para ejecutar las cauciones a través de la acción civil correspondiente contra los fiadores.

En el caso, María Cristina Fleitas, había presentado una caución real a favor de Sousa Lira por G. 3 mil millones, consistentes en cuatro inmuebles ubicados en la ciudad de Hernandarias, en el Alto Paraná.

Además, el abogado Atilio Alegre, había prestado una caución personal por la suma de USD 300.000 a favor del mismo procesado.

Fue así que la Procuraduría inició al ejecución ante el citado juez Civil, por lo que se notificó del mismo a los demandados. Así, la demandada María Cristina Fleitas, opuso la excepción por inhabilidad de título, ya que indica que no debe nada al Estado, y que “no existió obligación de su parte de hacer efectiva la caución real. Incluso, cuestiona la validez de las resoluciones. Dice que el Estado debió constituir hipotecas.

Por su parte, el abogado Atilio Alegre, planteó la excepción de incompetencia de jurisdicción, ya que a su entender, debía ser el juez de la causa el que debía ejecutar las cauciones y no un juez del fuero Civil y Comercial. Además, también presentó la inhabilidad de título.

Ayer, el juez rechazó la excepciones de las defensas, e hizo lugar a la demanda con lo que dispuso llevar adelante la ejecución planteada por la Procuraduría.

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