12 jul 2026

El Tribunal Electoral de Panamá avala las reformas electorales pero pide más cambios

Panamá, 26 abr (EFE).- El Tribunal Electoral de Panamá avaló hoy un paquete de reformas electorales aprobado tras un debate parlamentario de más de un año duración, pero recomendó acometer nuevos cambios antes de los próximos comicios para solucionar los “vacíos” que va a dejar la ley.

Erasmo Pinilla (i), magistrado presidente del Tribunal Electoral de Panamá. EFE/Archivo

Erasmo Pinilla (i), magistrado presidente del Tribunal Electoral de Panamá. EFE/Archivo

“Los magistrados del Tribunal Electoral concluimos en recomendar que el proyecto de Ley 292 sea sancionado para asegurar las importantes innovaciones y mejoras que se introducen”, indicó la institución en un largo documento en el que analiza cada una de las regulaciones aprobadas.

El ente electoral, sin embargo, pidió “preparar otro proyecto de ley muy puntual para subsanar, antes de las próximas elecciones, los vacíos e inequidades previamente identificados en la reforma electoral”.

El proyecto de ley 292, que reforma el Código Electoral y aún tiene que ser sancionada por el presidente panameño, Juan Carlos Varela, establece límites a la financiación privada de las campañas, de 10 millones de dólares para los candidatos presidenciales y de 300.000 dólares para los candidatos a diputado.

El Tribunal Electoral elogió esta medida, ya que antes no existían topes a la financiación privada, pero criticó las cantidades por considerarlas “muy elevadas”, ya que originalmente proponía un tope de 0,5 dólares por elector, es decir, alrededor de 1,2 millones de dólares con un padrón estimado de 2,4 millones de votantes.

La reforma electoral también obliga a los partidos y a los candidatos a no gastarse todos los fondos públicos recibidos en propaganda y a destinar al menos el 30 % de estos a actos de campaña.

El proyecto aprobado también prohíbe las donaciones de medios, terceros o el uso de recursos propios para pagar propaganda en las elecciones presidenciales y permite a los candidatos a otros cargos utilizar para ese fin hasta el 30 % del tope de financiación privada que reciban.

La ley limita así mismo las campañas electorales a 60 días, amplía a 20 días la veda para divulgar encuestas y prohíbe tanto la publicidad estatal durante los tres meses previos a las elecciones como la participación de los candidatos en la inauguración de obras públicas o actividades financiadas por el Estado, a menos que ocupen un cargo público.

El tribunal lamentó esa excepción, que los diputados eliminaran “importantes” sanciones, como la inhabilitación de 5 años para ejercer un cargo público si se violan los topes de financiación, y que no se introdujera ningún artículo para garantizar la presencia de mujeres en las listas electorales.

“Es lamentable que no haya sido posible avanzar en un tema que como país estamos atrasados en el continente”, reclamaron los magistrados sobre el tema de género.

A juicio del Tribunal Electoral, estos son algunos de los puntos que deberán ser regulados en una nueva iniciativa.

El proyecto legislativo fue presentado en la Asamblea Nacional en enero de 2016 por el propio Tribunal Electoral y la llamada Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), integrada por autoridades del ente electoral, partidos políticos y representantes de la sociedad civil.

“Ninguna bancada ni coalición tuvo los votos para imponer su criterio, por lo que hemos visto la esencia del proceso democrático en acción, con la dedicación del tiempo que los acuerdos en cada tema demandaron”, afirmaron los magistrados del ente electoral.

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