En la reunión del Directorio, Julio Acevedo pidió a los miembros que funcionen los tribunales y continúen en el cargo los titulares y suplentes. Sin embargo, la intención fue rechazada por el Movimiento Liberalismo para la Gente, liderado por Pilar Callizo, quien propuso que sus candidatos ocupen los mencionados órganos internos.
Es así que los miembros del Directorio resolvieron aplazar la definición en un plazo de 45 días en busca de llegar a un acuerdo con los sectores partidarios.
Los miembros del Tribunal de Conducta, al igual que los integrantes del Tribunal Electoral Independiente, se encuentran en la misma situación, ya que tienen el mandato fenecido.
El estatuto establece que los movimientos internos nacionales deben presentar una lista de por lo menos veinte candidatos de reconocida idoneidad, preferentemente abogados. Si existen cinco nombres que coincidan en las listas, estos quedarán designados sin más trámite y se procederá a designar a los suplentes por sorteos. “Si no existen candidatos consensuados o no llegan al número requerido, se los elegirá por sorteo”, señala.
Los movimientos internos no acuerdan quiénes serán los nuevos representantes. El Directorio tampoco les da la potestad para que continúen en el cargo, razón por la que deben forzar un acuerdo.