“En el marco de las disposiciones contenidas en la Ley 6603/20, las convocantes deberán comunicar sus procedimientos de contratación a través del SICP, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución DNCP Nº 1697/20, por la cual se reglamentan los procedimientos de contratación por vía de la excepción por urgencia impostergable”, refiere la resolución de Contrataciones Públicas. En setiembre pasado hubo promulgación automática a la ley de apoyo y asistencia a las ollas populares, organizadas en todo el país, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia.
La Secretaría de Emergencia Nacional administrará G. 15.000 millones. En tanto que el Ministerio de Desarrollo Social tendrá fondos por G. 10.000 millones, al igual que el Instituto Paraguayo del Indígena (Indi).
Miembros de la articulación bañadense de ollas populares habían planteado que para la adquisición de insumos de la agricultura familiar campesina se realizará teniendo en cuenta el Decreto 3000/15, que fija la modalidad de contratación a través del proceso simplificado para la adquisición de productos agropecuarios.