01 nov 2026

Docente que enviaba mensajes a niña deberá ser juzgado de nuevo

El docente que enviaba mensajes de contenido sexual a la niña de 11 años en Villarrica, deberá enfrentar nuevamente juicio oral, luego de que el Tribunal de Apelación Penal anulara la resolución que le absolvió de culpa y reproche.

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Reenvío. El docente que enviaba mensajes a su alumna de 11 años, deberá ir de nuevo a juicio oral.

Foto referencial: media.gq.com.mx.

Los magistrados Mercedes Balbuena, Vicente Elizaur y Juan Carlos Bordón, en forma unánime, anularon la absolución del docente procesado por supuesto abuso por medios telemáticas, tras admitir la apelación promovida por el fiscal Rodrigo Vázquez.

El agente había atacado la resolución de los jueces Julio Alfonso Vera, Víctor Ortigoza y Juan Antonio Ruiz Díaz Gamba, que en juicio oral, el 3 de abril pasado, habían absuelto al docente y abogado procesado por el caso.

El fallo menciona una evidente negligencia en la valoración de las pruebas y una arbitrariedad por omisión, ya que los jueces que absolvieron al docente “deliberada o negligentemente” ignoraron pruebas decisivas. La resolución resalta que hasta “pareciera ser” que el Tribunal ayudó al acusado.

Los camaristas cuestionaron que el Tribunal buscó elementos explícitos del acto sexual, como fotos y solicitud expresa de actos sexuales, pero ignoró todo lo demás. Explica la resolución que el “contenido sexual” que requiere el hecho punible es un concepto mucho más amplio que simplemente fotos o solicitudes expresas.

“Considero que el Tribunal de sentencia no ha valorado conforme a la sana crítica y menos aún con la experiencia y la lógica común, todos los mensajes enviados por el profesor a su alumna, porque además de los citados ya más arriba estos son contundentes” afirma.

“No se puede dejar pasar, pues le decía J. I. a la niña que “quiere su cuerpo”, que quiere comerle, que quiere sentir su piel sin ninguna tela que los separe, cualquier ciudadano común, entiende que estos mensajes tienen entidad suficiente para probar la autoría del acusado en el hecho punible denunciado y entonces finalmente, concuerdo con el Agente Fiscal, esto realmente es insólito”, acota la magistrada.

La camarista Mercedes Balbuena, afirma que “estoy convencida que el Tribunal de sentencia no ha valorado las pruebas diligenciadas en el juicio en forma armónica, no tuvo en cuenta las reglas de la sana critica, la experiencia y la lógica, no puede nunca un tribunal de sentencia dejar pasar todos estos mensajes, cuyo fin único era despertar la libido del profesor y si se daba la oportunidad”.

“Es decir si la alumna hubiera acudido aunque sea cinco minutos como lo pidió el profesor, creo que estaríamos hablando de otro tipo de abuso y no por medios tecnológicos”, asegura la camarista.

Despreció pruebas

“Entonces habiendo el Tribunal despreciado todas estas pruebas, que en forma contundente hacen del profesor J. I. autor del hecho punible de abuso sexual por medios tecnológicos, corresponde anular la presente sentencia, y reenviar para que otro tribunal en forma objetiva pueda, analizar nuevamente las pruebas del proceso y dicte sentencia, como corresponde”, señala en su voto.

Otro camarista apunta que la sentencia “inevitablemente nos lleva a la violación de la sana crítica racional. La sana crítica obliga al juez a ser lógico y a basar sus conclusiones en razones suficientes. La valoración parcial destruye este deber del juez porque se viola el principio de razón suficiente, ya que la conclusión (la decisión final) no se apoya en la totalidad de las premisas (todas las pruebas)”.

“Asimismo, afectación a la experiencia porque se ignoran las máximas de la experiencia que nos dicen que la verdad suele ser compleja y requiere considerar todos los ángulos. Una versión demasiado simple de los hechos, ignorando pruebas, no es una forma correcta de fundamentación”, sostiene.

“El motivo invocado no permite otra solución más que la nulidad de la sentencia recurrida y el reenvío de la causa para la reposición del juicio por un nuevo Tribunal de Sentencia”, advierte el magistrado.

“Ya la Corte Suprema de justicia, en continuas resoluciones ha establecido que la sana crítica exige que los jueces valoren la prueba de forma integral, conjunta y armónica, aplicando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia”, explica.

“Valorar parcialmente la prueba es la antítesis de este sistema, ya que implica que el Tribunal escoge solo las pruebas que apoyan su conclusión e ignora o descarta sin fundamento aquellas que la contradicen o generan duda”, concluye.

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